Diccionario Bíblico

Francesco Spadafora

RETRIBUCIÓN

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A la idea de pecado y de acción moral en relación con la soberana justicia de Dios siempre responde la de una sanción, que o bien queda limitada a la vida terrestre, considerando como premio y castigo los bienes y las desgracias de la existencia (retribución terrena), o bien se extiende al más allá de la muerte. La primera retribución puede referirse a la comunidad (retribución colectiva), o sólo al individuo (retribución individual); pero la retribución de ultratumba es sólo personal. Los semitas, que tenían una vivísima conciencia de la acción de la Providencia sobre todos los acontecimientos, incluso secundarios, fácilmente acusaban en éstos la manifestación del premio divino o de su castigo. Para ellos la retribución tenía que manifestarse en este mundo como prueba de la justicia divina. Y como, por otra parte, era muy viva entre ellos la mentalidad solidaria, la retribución era ante todo colectiva, aun cuando es indiscutible que se tenía en cuenta la retribución personal.

Después de la muerte, les esperaba «la gran tierra» a la que todos descienden y en la que llevan una vida lánguida, achicada, pero real y duradera, todos mezclados, buenos y malos, sin distinción alguna, para siempre, inmutablemente. No había para los hebreos ninguna cosa tan clara como la retribución. Su fe en Dios es una fe en Dios infinita e infaliblemente justo y remunerador. La retribución es ante todo terrestre y colectiva. La esencia de la religión de Moisés está en la alianza entre Dios y la nación como tal (v. Alianza ). La nación se compromete con Dios, con deberes colectivos, a los cuales corresponden sanciones adecuadas (Éx. 20, 5 s.; Lev. 26; Dt. 27-28). Si la nación cumple fielmente los estatutos del pacto (= Decálogo), Dios la protegerá contra los enemigos exteriores, les dará cosechas abundantes, etc.; de otra suerte sucumbirá, y los sobrevivientes irán a la cautividad, etc. Así la Ley, con el origen y el estatuto de la alianza; los libros históricos que relatan la actuación de la misma durante toda la vida de Israel; los mismos profetas hablan a la nación 509Banunciando sanciones colectivas, porque es su misión reducir a Israel a los límites de la alianza.

En armonía con esta mentalidad solidaria, presentan el futuro reino mesiánico como una edad de oro, con toda clase de prosperidad, fertilidad del campo, etc. (cf. Os. 2; Is. 7, 15.21 s.; Ez. 34, etc.). Aun quitando lo que hay de hiperbólico, queda en pie el hecho de que a la observancia del monoteísmo y de los preceptos morales por parte de Israel, como nación, Dios promete premios que se ajustan a la colectividad como tal. Al lado de la retribución colectiva hallamos igualmente afirmada la personal para cada uno de los israelitas aquí en la tierra, si bien ésta no tan repetidas veces. Aparte los relatos del Génesis, en la misma Ley la docilidad a las órdenes divinas tendrá su recompensa, incluso para el individuo, en una larga vida, en el bienestar y en la paz, en tanto que al malo le aquejará la miseria y la muerte prematura (cf. Éx. 20, 12; 23, 20-23; Dt. 4, 25-40). «El que peque... será borrado del libro de Yavé» (Éx. 32, 33; cf. 12, 15.19; Lev. 7, 20 s.; Núm. 19, 13.20, etc.) o «será exterminado de en medio de su pueblo». Son numerosos los ejemplos de retribución personal en los libros históricos (cf. Löhr, p. 18 ss.).

La frase: «Que el Señor me haga tan mal y aun peor» (= si no es así que el Señor me mande los más terribles castigos; Rut 1, 17; I Sam. 3, 17 y muchas otras veces) expresa exactamente el concepto de retribución personal.

La misma ejecución de Semeí que David encomendó a Salomón (I Re. 2, 36-46) tiene su explicación en el concepto que entonces se tenía de la necesidad de una retribución terrestre, palpable, y diría que tanto para el malo como para el bueno. Como base de tal concepto está un vivísimo sentimiento de la justicia absoluta (L. Desnoyers, Hist. III, p. 11). En fin, el principio de la retribución personal está enunciado formalmente en I Sam. 26, 23: «Yavé retribuirá a cada uno según su rectitud y su fidelidad»; II Sam. 3, 39; 16, 8. Es natural que abunden más esos textos en la literatura didácticosapiencial, pues tal género literario pone en primer plano las relaciones del individuo con el Eterno y, por lo tanto, la retribución personal (cf. especialmente en Sal., Prov., Sab.). Hasta aquí es indiscutible el paralelismo que se observa entre Israel y los demás semitas, y en particular los conceptos babilónicos (cf. P. Dhorme, La rel. ass.-bab. ), lo cual confirma la antigüedad y la exactitud histórica del 510AAntiguo Testamento, incluso respecto de la retribución personal. Si exceptuamos los mitos y las divinidades, todas las ideas y todas las expresiones que encontramos entre los babilonios para indicar la «gran morada» ( Kigallu : en hebr. še’ôl ), «agregarse a su pueblo», «volver a los padres» (Gén. 15, 15; 25, 8.17, etc.; Núm. 20, 24.26; 27, 13, etc.; Dt. 31, 16, etc.) suponen evidentemente que hay algo que queda y sobrevive al disolverse el cuerpo. Cf. Gén. 37, 35: «bajaré al še’ôl llorando hasta José», dice Jacob, cuando da por seguro que José ha sido devorado por una fiera. Núm. 16, 30: se abre la tierra y se traga a los culpables que «descienden vivos al še’ôl ».

Las almas, consideradas como la parte más vital del hombre, como algo que sobrevivía al desmoronamiento del cuerpo, como una especie de reducción del ser humano, pero que conservaba íntegra su propia personalidad (cf. I Sam. 28, 8-20, el difunto Samuel, llamado por Saúl, aparece alterado en su carácter rígido y severo), esas almas descienden todas al še’ôl , donde no se determinaba su suerte por juicio alguno (M. J. Lagrange, p. 345). El Antiguo Testamento es muy sobrio respecto de esto, debido principalmente al peligro del politeísmo; cf. la prohibición de ciertos ritos fúnebres (Lev. 19, 27 s.; Dt. 14, 1) y de la necromancia (Dt. 18, 11; 26, 14). La vida de ultratumba se describe allí muy fugazmente, incluso respecto de la realidad de las condiciones que entonces se daban, como la de estar cerrado el cielo. 510BAsí, pues, la doctrina habitual del Antiguo Testamento, según la cual los difuntos justos viven en el še’ôl juntamente con los malos sin ninguna distinción, en una especie de letargo, no es una revelación imperfecta, sino la expresión auténtica de lo que fue realidad hasta la resurrección de Jesús.

Esa misma retribución se expresa en Sal. 17, 15: «Yo veré tu rostro, gracias a la justicia; me saciaré, al despertarme, con tu contemplación»; Sal. 16, 8-11: «No abandonarás a mi alma en el reino de los muertos»; Sal. 49, que establece la diferencia entre la suerte del impío y la del justo: los dos mueren y descienden al še’ôl (v. 12 s.); pero mientras los malos permanecerán allí «bajo la vara de la muerte» (cf. Sab. 2, 23 s.) y «para siempre» (vv. 14 s. 20), del justo se dice: «Sí, Dios rescatará a mi alma del poder del infierno, llevándome consigo» (v. 16). Y también en el Sal. 73: lo contrario que los malos (v. 18 ss.), el justo «estará siempre con Dios», «me guiarás con tu consejo y luego me acogerás en tu gloria» (v. 24). La misma doctrina se halla en Is. 26, 19 en oposición con 26, 14: «Los opresores de Israel han muerto y ya no resucitarán; son sombras 511Ay ya no vivirán»; «Oh Yavé. Que tus muertos revivan. Que resuciten tus cadáveres. Despertarán y se regocijarán los que están reducidos a polvo». Lo mismo que en Dan. 12, 2.

13. El libro de la Sab. habla sin ambages de la bienaventuranza que espera a los justos y de la «muerte definitiva» (2, 23 s.); suerte final de los pecadores, especialmente en los cc. 3.

5. Si Sab. habla con tal insistencia y claridad de semejante bienaventuranza es porque el Mesías está ya a las puertas. También Is. y Dan. hablan de ella refiriéndose al Mesías. Hay que añadir a todo esto las alusiones de los antiguos libros históricos: Gén. 5, 24, muerte del justo Enoc; II Re. 2, 3 ss., muerte de Elías (v.); con el empleo del v. lagah («tomar» con Dios por sujeto), lo mismo que en Sal. 49, 16, para expresar la intervención particular del Señor en el fin sereno del justo. Y, finalmente, el pleno concepto de «vida», siempre para los justos, que hallamos especialmente en el libro de los Proverbios (2, 18 s.; 8, 35 s.; 15, 24; 16, 21; Lagrange, p. 347 s.) y en los libros proféticos: Ez. 3, 18; 9, 4; 18, 9.13, etc. (cf. Spadafora, Ezechiele , pp. 44.83.148 s.). «Va el hombre cuerpo hacia arriba por el camino de la vida, soslayando así el Abismo de debajo» (Prov. 15, 24). Es la consabida máxima sobre que la virtud lleva a la vida y el vicio a la muerte, pero expresada con miras a apuntar claramente a un mundo superior, a otra vida (A. Vaccari).

El descendimiento de Jesús a los infiernos inició la nueva era, incluso para la retribución de ultratumba, que es la única en el Nuevo Testamento, aunque sin excluir cierta relación, durante esta vida, con la enfermedad, desgracias individuales, desastres colectivos (Mt. 24; fin de Jerusalén) y violación de las leyes morales: cf. I Cor. 11, 30 ss.; y ya N. Señor (cf. Mt. 9, 2; Jn. 5, 14, etc.; Mc. 13, 37; Mt. 24, 43 s.; Lc. 12, 39 s., etc.). Tal retribución se recibe en el juicio particular: «todos tenemos que comparecer ante el tribunal de Cristo para que cada uno reciba el salario correspondiente a lo que haya realizado» (II Cor. 5, 10; Flp. 1, 23; 3, 13; II Tim. 4, 7 s., etc.), según la caridad que se haya practicado durante la vida, en los pensamientos (Mt. 7, 1 s.; Lc. 6, 37), en las obras (Lc. 12, 13 s.; 16, 1 s.; 19 s.; 21, 34; Mt. 25, 31-36, etc.). El juicio es una recolección, donde se cosechará lo que se haya sembrado (511BGál. 6, 7 s.). De esa retribución participará el cuerpo, después de la resurrección (v.) al fin de los tiempos. [F. S.]

Bibliografía

M. J. Lagrange, Le Judaïsme avant Jésus-Christ , París 1931, pp. 343-63. P. Heinisch, Teología del Vecchio Testamento (trad. it.), Torino 1950, pp. 282-89, 307- 27. J. Bonsirven, Teología del Nuovo Testamento (trad. it.), ibíd., 1952, pp. 122-31, 287-305, 324- 28. F. Spadafora, Dan. 12, 2.13 e la risurrezione , en Rivista Biblica , 1 (1953) 193-215.

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