MINISTRO
Es la persona legítimamente diputada (v. Orden) para dispensar la gracia por medio de los Sacramentos y para ofrecer el Sacrificio de la Nueva Ley. Jesucristo, después de fijar el Sacrificio e instituir los Sacramentos, no se contentó con asistir como simple espectador al desarrollo de su obra, sino que quedó en el centro de su economía sacramental y sacrifical, invisible, pero eternamente activo, porque Él es quien ofrece y quien santifica a través de los signos sensibles.
Habiendo, sin embargo, establecido un plan de Redención en que lo invisible se manifestase siempre por medio de lo visible, exigía la armonía que su actividad, velada bajo el rito sacrifical y los signos sacramentales, se hiciese de alguna manera sensible a través del ministerio humano. Y al efecto se escogió ministros visibles de entre los discípulos (cfr. Lc. 22, 19; Jo. 20, 21-23; I Cor. 1, 4; II Cor. 5, 18-20), a los cuales, a imitación del Padre, que comunica a las criaturas la dignidad de causa, les transmitió una verdadera participación de su poder santificador, aunque subordinada siempre a su acción de causa principal, por lo que los ministros no son más que una irradiación del sacerdocio de Cristo, una exteriorización de su actividad de Pontífice Eterno, algo así como la «longa manus» con que opera.
En una economía en que la eficacia de los Sacramentos depende totalmente de la santidad y de la acción misteriosa de Cristo, es fácil comprender cómo para su validez no se requiere en los ministros ni la fe ni el estado de gracia. En los primeros siglos del cristianismo se agitaron vivas polémicas sobre este tema, primero entre los católicos (entre S. Cipriano, Mártir, y S. Esteban, Papa), después entre S. Agustín y los Donatistas (s. V), los cuales sostenían obstinadamente que los Sacramentos administrados por los herejes y pecadores no eran válidos, porque «nemo dat quod non habet». El genio y la santidad del Obispo de Hipona lograron deshacer el cisma secular y poner en claro la doctrina católica, según la cual «Sacramenta sancta per se non per homines», porque Cristo es el principal distribuidor de su gracia y los ministros no son más que instrumentos que canalizan las aguas destinadas a fecundar el campo de las almas: no importa que el canal sea de oro o de plata, de plomo o de hierro, siempre que deje fluir el agua. Pero para que los ministros obren válidamente es necesario que tengan la intención de hacer lo que hace la Iglesia (v. Intención).
El ministro de ordinario es un hombre viador, adornado generalmente del carácter sacerdotal (v. Orden) y distinto de la persona recipiente, excepto el caso de la Eucaristía, en que el sacerdote se administra a sí mismo la Comunión.
Bibliografía
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