CAUSALIDAD (de los Sacramentos, Hecho)
La Revelación afirma por una parte que los Sacramentos producen la gracia, por otra parte determina los límites y condiciones de tal causalidad.
En efecto, los Sacramentos se presentan tanto en la Escritura como en la tradición: 1.º, como instrumentos en las manos de Dios para la infusión de la gracia, como el pincel en manos de Velázquez fue el medio para pintar su Cristo: Dios Padre, como explica S. Pablo, nos ha salvado por medio del «lavacrum regenerationis» (Tit. 3, 5); el Espíritu Santo, según la doctrina de S. Efrén († 373), penetra en las aguas de la sagrada fuente para elevarlas a purificar las almas (Adv. scrutatores, sermo 40); 2.º, como instrumentos que producen su efecto inmediatamente, es decir, por la simple posición del rito, independientemente de los méritos del ministro y del sujeto («ex opere operato», v. e. p.); afirma S. Lucas que los fieles recibían el Espíritu Santo por sola la imposición de las manos de los Apóstoles (Hechos 8, 17; 6, 6), mientras que S. Pablo exhorta a Timoteo (2 Tim. 1, 6) a hacer revivir la gracia que le fue comunicada por el mismo rito.
Los Padres del s. IV y V comparan el Bautismo al seno materno «illa unda salutaris vobis et sepulcrum et mater effecta est» (Cirilo de Jer., Catech. Mystag., 2, 4), de donde resulta que en su concepción los Sacramentos están dotados de una eficacia verdadera e inmediata, como es verdadera e inmediata la causalidad de la madre en la generación de la prole.
A estos testimonios, que enuncian la eficiencia objetiva del rito sensible, son paralelos otros muchos que excluyen la dependencia de tal eficacia de los méritos del ministro y del sujeto; se han hecho clásicas las palabras de S. Agustín pronunciadas con ocasión de la controversia donatista (v. Donatismo), que son la síntesis de la tradición: «el Bautismo no vale por los méritos de quien lo administra ni siquiera de quien lo recibe, sino por su propia santidad y eficacia comunicada por Aquel que lo instituyó» (Contra Cresconium, 4, 19). Añádese a esto la práctica constante de reconocer como válido el Bautismo de los herejes y la costumbre, de origen apostólico, de bautizar a los niños antes del uso de la razón; 3.º, como instrumentos que suponen en el sujeto disposiciones morales determinadas, como prerequisitos absolutamente necesarios, para que los Sacramentos puedan producir en el alma su efecto. Lo mismo que el artista no puede moldear el hierro dándole la forma artística si no lo ablanda con el fuego, así Dios no puede introducir con el Sacramento en el hombre la gracia, o sea sus rasgos divinos, si el alma no se hace flexible por el fuego del arrepentimiento y del amor.
De la exhortación de S. Pedro dirigida a los primeros convertidos: «Haced penitencia y bautícese cada uno de vosotros para obtener la remisión de los pecados» (Hechos 2, 38-41) a las fervorosas palabras con que los Padres exhortaban a los catecúmenos y a los penitentes, las fuentes de la Revelación inculcan la necesidad de la fe y del arrepentimiento e indican su función dispositiva en relación con la justificación producida por los sagrados ritos.
Basada en estos seguros testimonios, la Iglesia definió contra los protestantes que los Sacramentos son verdaderos instrumentos en las manos de Dios, que por la objetiva posición del rito («ex opere operato»), producen la gracia en aquellos que no les ponen obstáculo (non ponentibus obicem, v. esta pal.); DB, 799, 849, 951.
Bibliografía
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