Diccionario de Teología Dogmática

Antonio Piolanti (A. P.)

EXTREMAUNCIÓN

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(lat. extrema = última, unctio = unción): Es el Sacramento de los moribundos.

El Apóstol Santiago escribe en su Epístola Católica: «¿Está enfermo alguno entre vosotros? Llame a los presbíteros de la Iglesia y oren por él, ungiéndole con óleo en el nombre del Señor; y la oración nacida de la fe salvará al enfermo y el Señor le aliviará; y si se halla con pecados se le perdonarán» (c. 5, 14-15). En este texto inspirado se encuentran todos los elementos constitutivos de este Sacramento.

La institución se indica con el inciso in nomine Domini, que según el valor del original griego significa «en virtud del mandato y de la autoridad del Señor», es decir, de Cristo, porque en el estilo del N. T. el término Kyrios (Dominus) es el apelativo propio de Jesucristo.

Los ministros son los presbíteros, por los cuales no se deben entender los ancianos del pueblo, sino los Obispos y los sacerdotes rectamente ordenados, como lo entendió siempre la Iglesia. Los elementos del rito se indican expresamente con el óleo (materia) y la oración (forma). La unción con óleo de oliva bendecido por el Obispo se practica en las diversas partes del cuerpo, que son como vehículos del pecado: los ojos, las orejas, la nariz, la boca, las manos y los pies, mientras se recita la fórmula sacramental concebida en los siguientes términos para el rito latino: «Por esta Santa Unción y por su piísima misericordia el Señor te perdone cuanto pecaste por los ojos, por los oídos, etcétera».

Los efectos los indica el Concilio Trid. cuando, resumiendo los datos de la Tradición, define este Sacramento consummativum paenitentiae (Ses. 14, exordio, DB, 909). Perfecciona los efectos del Sacramento de la Penitencia, porque completa la incorporación a Cristo, restaurada por el Sacramento de la Penitencia, robustece el organismo sobrenatural para la lucha suprema, multiplica la solicitud de la Iglesia para con el hijo que sufre.

Completa la incorporación restaurada por la Penitencia, porque, quitando las últimas reliquias del pecado, barre los últimos obstáculos que impedían la adhesión perfecta a Cristo, y, disponiendo además al enfermo para que sufra y muera en Cristo y por Cristo, le asocia a los sufrimientos y a la muerte de su Cabeza.

Robustece el organismo sobrenatural y lo pone en condiciones de poder superar las últimas debilidades del espíritu agravadas por el enflaquecimiento de la carne. En efecto, las heridas del pecado original, curadas en el Bautismo, y las de los pecados actuales, sanadas en la penitencia, dejan debilitado el organismo espiritual del alma, que, al sobrevenir la disolución del cuerpo y los ataques del demonio, se encuentra expuesto a sucumbir en la lucha.

Para vencer este grave peligro, la gracia sacramental aumenta la virtud de la esperanza, por la cual el enfermo se pone confiado en manos de la divina misericordia, multiplica los socorros de la gracia actual con los cuales opone un fuerte escudo a los golpes del enemigo. Ésta es la alleviatio, el alivio de que habla el Apóstol Santiago. A todo esto se añaden las atenciones maternales de la Iglesia, que aumenta sus socorros eficaces a este hijo, al que vuelve a alumbrar para la vida eterna: invoca a todos los Santos del cielo, llama a las almas del Purgatorio, une a los justos de la tierra, que oran invisibles en torno del lecho del moribundo, mientras que el sacerdote, representante oficial de la Iglesia, lleva a cabo el rito sagrado, a cuyo efecto plurimum valet devotio suscipientis et personale meritum conferentium, et generale totius ecclesiae (Sto. Tomás, Supplementum, q. 32, a. 3).

En el caso de que el enfermo no pueda confesarse, este Sacramento suple también los efectos de la Penitencia y, a veces, cuando el Señor lo juzga oportuno, devuelve también la salud al cuerpo. El sujeto es el cristiano adulto y enfermo, y por lo tanto la Extremaunción no puede administrarse a quien esté en buena salud, aunque se vea próximo a la muerte, como el soldado en la inminencia del combate, o el condenado, en el momento de la ejecución.

Las definiciones del Conc. de Trento contra los protestantes, que llaman a la Extremaunción «hipocresía histriónica» (Calvino), se encuentran en la Ses. 14, después de los cánones de la Penitencia (DB, 926-929).

Bibliografía

Sto. Tomás, , Suppl., qq. 29-33;
J. Kern, , Friburgi (Brisg.), 1907;
J. B. Bord, , Lovaina, 1923;
Th. Spáčil, , Roma, 1931;
Card. Jorio, , Roma, 1934;
F. Cappello, , Turín, 1942;
Monsabré, , conf. 78;
A. Chavasse, , I, Lyon, 1942;
A. Piolanti, «Estrema Unzione», en EC. * , t. IV, Madrid, 1953.

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