Diccionario de Teología Dogmática

Antonio Piolanti (A. P.)

OBISPOS

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(cf. ἐπίσκοπος = inspector): Son los sucesores de los Apóstoles, de quienes por derecho divino han heredado el triple poder de instruir, de santificar y de gobernar una porción de la grey de Cristo (cfr. Mt. 18, 19).

Los Apóstoles, que recibieron el mandato de constituir el reino de Dios en el mundo por conquista, no tuvieron limitaciones territoriales. Pero la función de conquista ordenada a la organización de la sociedad eclesiástica era, por su naturaleza, transeúnte (prerrogativa personal). Efectivamente, desde el principio, los Apóstoles pusieron a la cabeza de las comunidades fundadas en las diversas regiones de su apostolado personas que los representaran en vida y los sustituyeran después de su muerte (cfr. I Tim. 6, 1-2; II Tim. 2, 25; 4, 2; Tit. 1, 13; 2, 1). Es cierto que en los documentos inspirados se nombran indistintamente a los Obispos y a los Presbíteros, pero a fines del s. I o a principios del II sabemos, por las cartas de S. Ignacio de Antioquía († 107), que cada Iglesia era regida por su Obispo (episcopado monárquico).

Los Obispos, por la Consagración, que es la ceremonia sugestiva de la liturgia católica, son elevados a la cumbre del sacerdocio cristiano, y en su alma se imprime el carácter episcopal, en virtud del cual son dotados de la suma potestad de orden, que encierra el poder de confirmar y ordenar (cfr. Conc. Trid., Ses. 23, cán. 6 y 7; DB, 966, 967). En cambio, el poder de jurisdicción, que comprende la doble facultad de enseñar y de gobernar, se les transmite por la Missio canonica, que es un acto jurídico emanado directamente del Papa, el cual es la Cabeza de los Obispos, como Pedro era el Príncipe de los Apóstoles. La potestad de jurisdicción de los Obispos es ordinaria e inmediata en la propia diócesis, no obstante el primado del Romano Pontífice (Conc. Vat., DB, 1828).

Al Obispo se hallan subordinados y unidos «como las cuerdas en la cítara» (Ignacio M., Efes. 3-4) los presbíteros (sacerdotes), los diáconos y los ministros inferiores, que le ayudan en el desempeño de las diversas funciones y de los varios oficios eclesiásticos.

Bibliografía

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, II-II, q. 108, a. 4, ad 2;
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E. Ruffini, , Roma, 1921;
S. Romani, , Roma, 1941, v. I;
I. Colson, , Paris, 1951.

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