Diccionario de Teología Moral

Cornelio Damen, C.Ss.R. (Dam.)

NOVIAZGO

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1. Noción. - Entiéndese por n. un estado preliminar al matrimonio, una familiaridad y conversación continuada entre un hombre y una mujer a fin de prepararse a un futuro matrimonio. En un sentido más amplio se llaman también frecuentemente novios dos personas que han iniciado una primera conversación sin haber tomado decisión ninguna; en sentido más restringido, al que aquí nos referimos, se tiene un n. después de la mutua promesa de fidelidad y de matrimonio futuro, sea por un pacto formal, sea implícitamente sponsalia. La ley positiva eclesiástica no reconoce el pacto de n. ni siquiera en el foro interno, si no va firmado en escritura por las dos partes y juntamente por el Obispo, el párroco o dos testigos (canon 1017, § 1). Análoga prescripción existe en el Código civil (art. 44). Prácticamente estas formalidades no están en uso. 2. Moralidad en g en e r a l. - La actitud de los antiguos moralistas respecto al n., un poco más severa y negativa que en nuestros tiempos, ha de ser considerada en el ambiente de las costumbres matrimoniales de aquella época, en la cual la elección del consorte y la preparación del matrimonio dependían más de los padres que de los futuros esposos; de aquí que hubiera una menor necesidad de que se vieran con más frecuencia.

En nuestros tiempos se juzga más oportuno que los mismos novios se hagan personalmente una idea cuanto más completa del carácter y de las dotes físicas, psíquicas y morales del futuro consorte y prueben prácticamente la posibilidad de adaptarse a su modo de ser.

3. Deberes de f i de l i d a d. - El n. contraído sin la forma prescripta por el derecho canónico es inválido (para los bautizados) tanto en el foro externo como en el de conciencia; no produce ninguna obligación de justicia ni de contraer el matrimonio, ni de reparar los daños producidos, por una negativa irrazonable. Pero la conciencia cristiana reconoce una obligación moral de fidelidad a la palabra dada: a) respecto al futuro matrimonio: de no retirar la promesa sin una causa grave y proporcionada, como, p. ej., infidelidad o graves delitos de la otra parte, elección de un estado más perfecto, cambio notable en el estado físico, psíquico, moral o económico, o en general cualquier hecho que pudiera poner en duda la felicidad futura del matrimonio: condición ésta que va implícita en todo n.; b) respecto de los propios vicios ocultos: de manifestar espontáneamente los vicios que pueden hacer el matrimonio perjudicial a la otra parte o a la prole, o sustancialmente inútil, como, p. ej., enfermedades, especialmente venéreas, tisis, etc., esterilidad, embarazo, deudas graves. El que no quiera manifestar estos defectos tiene la obligación de retirarse.

En cambio, los defectos que hacen el matrimonio solamente menos deseable no es necesario revelarlos, como, p. ej., los pecados de la vida anterior, etc.;

c) respecto del n. m ism o: de no engañar a la otra parte con un doble juego, un pecado cometido con otra persona no entra dentro de la especie del adulterio, pero la conciencia cristiana lo reprueba como una infidelidad especial.

4. Deberes de p u r e z a. - Respecto de la pureza los novios tienen los mismos deberes de todos los demás solteros. El n. no concede ningún derecho a los actos carnales ni perfectos ni imperfectos (v. L u ju ria, Impudicicia, Beso). Son sólo lícitos aquellos actos que según las probadas costumbres cristianas de una región determinada son usuales entre los novios; y esto aunque casualmente determinen conmocloneSi venéreas involuntarias y no consentidas. En la práctica, considerando que el amor y la familiaridad Intima entre un hombre y una mujer tienden casi naturalmente hacia relaciones sexuales, el n. fácilmente se convierte en grave peligro de pecado que ha de ser removido con rigurosa cautela: p. ej., iniciando solamente las relaciones cuando exista la posibilidad de contraer matrimonio en un tiempo razonablemente breve (p. ej., dentro de un año), evitar la soledad, usar los medios sobrenaturales, etcétera. Dam.

Bibliografía

Bibliografía

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R. Plá, Hacia el matrimonio, Barcelona, 1943; J. A z p ia z u, Tú y ella, Madrid, 1945 A.
M. Cayuela, Novios ideales, Barcelona, 1949.

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