LETANÍAS
1. Datos históricos. - Las l. entendidas como súplicas, tienen un origen antiquísimo: en efecto, se las encuentra entre los paganos, los cuales las recitaban, mientras se dirigían en procesión a los altares de los dioses. No pocos autores hacen mención de algunas l. llamadas del Antiguo Testamento, que solían recitar los hebreos públicamente en el templo o privadamente en sus propias casas. Por lo que se refiere a la Iglesia católica, de un antiguo Ritual Romano se deduce que en la procesión que se solía hacer en la vigilia de la Asunción de la Sma. Virgen, procesión que partía de Sta. María Menor para dirigirse a Sta. María Mayor, se prescribía el rezo, cien veces, del Kyrie eleison. Estas invocaciones del Kyrie eleison estaban en uso no sólo entre los hebreos y los cristianos, sino que eran familiares también a los paganos: San Agustín nos da a conocer que eran comunes a los latinos y a los bárbaros (Ep., 178). Está fuera de duda, sin embargo, que las l. con la invocación de los santos estaban en uso en el Oriente en tiempo de San Gregorio Taumaturgo.
2. Noción. - La palabra letanías (λιτανεία) es palabra griega que significa suplicaciones humildes, y fervorosas y devotas plegarias. San Basilio usa la palabra letanía para expresar las súplicas públicas que se elevaban al Señor para implorar el socorro de su misericordia (Ep., 63). Los latinos han retenido el Kyrie eleison (Señor, ten piedad) de los griegos, en tanto que San Gregorio I ha añadido el Christe eleison; la invocación de los santos fue agregada poco después de San Gregorio I, como aparece de los Martirologios que llevan el nombre de San Jerónimo.
3. Letanías de los santos. - Se dividen en mayores y menores, según que se recen el día de la fiesta de San Marcos Evangelista (25 abril) o en los días de las Rogativas. Según algunos las l. mayores se llaman así porque la procesión de San Marcos se dirigía a Sta. María Mayor, mientras que las procesiones de las rogativas se dirigían a iglesias menores. Según otros la denominación se deriva del hecho de la mayor solemnidad de la primera procesión en relación con las otras, mientras que otros lo atribuyen a la duración del recorrido. Un sacramentario gregoriano nos hace saber, en efecto, que en la festividad del día de San Marcos salía de la iglesia de San Lorenzo in Lucina para dirigirse, por medio de la vía Flaminia, el puente Milvio y los prados de Nerón, a la iglesia de San Valentín y a una Cruz al otro lado del puente, para llegar finalmente a San Pedro, donde se celebraban solemnemente los misterios sagrados después de haberse detenido en el atrio para el rezo de la colecta Adesto, Domine.
Muchos piensan que estas l. fueron compuestas e instituidas por San Gregorio Magno en el año 600, opinión rechazada, sin embargo, por otros por el hecho de que de ellas se hace mención en muchos concilios anteriores a San Gregorio. Por el contrario, se juzga comúnmente que las menores fueron instituidas por San Mamerto, para impetrar el alejamiento de algunos lobos que infestaban el país, con grave daño del pueblo. Al rezo de las l. de los santos están concedidas las siguientes indulgencias: 1) parcial de 10 años y plenaria para los que en el día de San Marcos o en las ferias de Rogativas asistan a la sagrada función que suele celebrarse en esos días; 2) de siete años si en estos días a falta de esta función sagrada rezan devotamente estas l.; 3) de cinco años y plenaria mensual por el mismo rezo hecho en cualquier día del año (Enchiridion indulgentiarum, ed. 1952, n. 687).
4. Letanías lauretanas. - Son las l. que se rezan en honor de la Sma. Virgen y se llaman lauretanas porque se cantan con gran solemnidad y especial devoción todos los sábados en el Santuario de Loreto. Se ignora quién sea su autor, pero se cree que son muy antiguas; más aún, según algunos fueron compuestas por los mismos Apóstoles después de la Asunción de la Sma. Virgen al cielo. Según estudios recientes las l. lauretanas no pueden juzgarse tan antiguas: De Santi piensa que fueron impresas por primera vez en un manual italiano de Loreto en 1576, mientras que el Dr. Paulus ha demostrado que fueron publicadas ya en 1558 en Dillingen, muy probablemente por obra de San Pedro Canisio. Por lo demás, todo hace creer que el texto estaba ya en uso en Loreto desde la primera mitad del s. XVI. Ha habido algunas adiciones posteriores, la última de las cuales es Regina in cælum assumpta, prescrita en el rezo después de la definición del dogma. La indulgencia de 300 días concedida por S. S. Pío VII por decr. 30 septiembre 1817 fue absorbida por la indulgencia de 7 años y la plenaria mensual concedida por la Sagrada Penitenciaría Apostólica por rescripto de 28 marzo 1933 (ibíd., n. 319).
5. Letanías del Smo. Nombre de Jesús. - Estas l. estaban en uso a principios del s. XV; se cree que fueron sus probables autores San Bernardino de Siena y San Juan de Capistrano, celosos predicadores del Nombre de Jesús. En muchas ocasiones se ha pedido a la Sta. Sede la aprobación expresa de estas l., pero la Sda. Congr. de Ritos respondió siempre en sentido negativo. Sin embargo, en 1862, con ocasión de la solemne canonización de los mártires japoneses, muchos Cardenales y Obispos rogaron al Sto. Padre que eligiera e indulgenciara una de sus fórmulas, súplica que fue benignamente acogida por el papa Pío IX, el cual enriqueció su rezo con 300 días de indulgencias para las diócesis de los Obispos que habían presentado la súplica, gracia que más tarde extendió León XIII a todos los fieles. Según rescripto de la Sda. Penitenciaría Apostólica, al rezo de estas l. han sido concedidas una indulgencia de 7 años y la plenaria mensual (ibíd., n. 114).
6. Letanías del Sdo. Corazón. - Estas l. fueron rezadas por primera vez a principios del año 1721 durante una solemne procesión que se desarrolló por las calles de Marsella por iniciativa del entonces Obispo de aquella ciudad Mons. de Belzunce, para obtener del Señor el alejamiento del azote de la peste de la ciudad. Estas l. fueron tomadas de un libro de piedad de la venerable Ana Magdalena de Ramusat, pero su autor principal se cree que fue el P. Croiset, S. I. Fueron aprobadas el 7 junio 1898 para las diócesis de Marsella, Autun y para la Orden de la Visitación, pero poco después, por iniciativa de la Compañía de Jesús, fueron aprobadas para toda la Iglesia por decreto de la Sda. Congr. de Ritos de 2 abril 1899. La indulgencia de 300 días, una vez al día, concedida por el rezo de estas l. por León XIII con Decr. de la Sda. Congr. de Ritos de fecha 2 abril 1899, fue absorbida por las indulgencias de 7 años y la plenaria mensual concedidas (por el mismo rezo) por la Sda. Penitenciaria Apostólica por rescripto de 10 marzo 1933 (ibíd., n. 245).
7. Letanías de San José. - Estas l. en honor de San José, padre putativo del Salvador divino, fueron aprobadas por Decr. de la Sda. Congregación de Ritos de 18 marzo 1909 y enriquecidas con 300 días de indulgencia. Según un rescripto de la Sda. Penitenciaría Apostólica de 21 marzo 1935 por el rezo de estas l. se concede una indulgencia parcial de 5 años y la plenaria una vez al mes (ibíd., n. 462). La aprobación de cualquier otra letanía está reservada a la Sda. Congr. de Ritos (Clemente VIII, Const. Sanctissimus, septiembre 1601). Dentro del mismo culto privado, no pueden ponerse en circulación nuevas l. sin la aprobación del Ordinario del lugar (can. 1259, § 2). Ni puede editarse tampoco sin la aprobación del Ordinario ningún texto de las l. arriba citadas (can. 1391). I. de A.
Bibliografía
Mabillon, Mus. Ital., t. II, comm. V, París, 1724, p. 34 A.
M. Lépicier, Le indulgenze, Vicenza, 1931, p. 294
F. Beringer, Les indulgences, leur nature et leur usage, París, 1925, p. 230.