Diccionario de Teología Moral

Pietro Tocanel, O.F.M. Conv. (Toc.)

EXCARDINACIÓN

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1. Naturaleza. - La e. es la dimisión absoluta y perpetua de un clérigo de la diócesis en la que estaba incardinado. Por lo tanto, la e. de suyo se refiere solamente al clero secular diocesano. La e. es formal cuando el acto tiende direc tamente a la dimisión del clérigo de la diócesis; virtual cuando el acto tiende directamente a otro fin, pero indirectamente produce la e. del clérigo de su diócesis; así la colación de un beneficio residencial en otra diócesis (can. 114) y la profesión religiosa perpetua, simple o solemne (can. 115).

2. Condiciones. - Para que la e. formal sea válida, el Obispo debe dar al clérigo una carta de dimisión perpetua y absoluta de su diócesis, para que pueda ser incardinado en otra diócesis (can. 112). El Vicario General no puede dar esta carta de dimisión sin un mandato especial; ni el Vicario Capitular sino después de un año de estar vacante la sede episcopal y con el consentimiento del cabildo (can. 113).. Para la e. virtual requiérese el consentimiento del Obispo, dado por escrito, de recibir un beneficio residencial en otra diócesis, o la licencia del Obispo, dada por escrito, de salir in perpetuum de la diócesis (canon 114). Para la licitud de la e. se requiere una causa justa según el juicio del Obispo (canon 216), p. ej., la necesidad o utilidad de la diócesis en la que ha de ser incardinado, el bien de la diócesis de que procede el clérigo; por parte del clérigo la razón de salud, de estudlos o de abrazar la vida religiosa, pero en este ultimo caso el clérigo de órdenes mayores debe avisar al Obispo (can. 642, n. 2), el cual puede oponerse cuando juzgue que la partida del clérigo causará un grave daño en las almás, daño que de otra manera no puede ser evitado.

Cuando el clérigo pasa a otra diócesis el Obispo debe dar en conciencia una relación sobre la vida, las virtudes y las costumbres del excardinado (canon 117, n. 2). La e. se produce en el momento de la incardinación en la otra diócesis (can. 116). Toe.

Bibliografía

A. Bondini, De incardinatione et excardinatione clericorum, en Ius Pontificium, 0 (1929), 205- 213 10 (1930), 37-43
J. Creusen, De excardinatione et incardinatione implícita, en Ius Pontificium, (1936), 37.40.

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