ESCAPULARIO
I. O r ig en. - Antiguamente el e. era una especie de sobretodo que los monjes se ponían durante los trabajos manuales, especialmente cuando llevaban al hombro objetos pesados, para preservar la túnica. En efecto, según cuentan los historiadores, el e. en su origen no fue para San Benito y sus monjes otra cosa que un vestido con el cual cubrían el que llevaban a diario, con objeto de preservarlo. Este vestido no se diferenciaba del que usaban en aquella época los agricultores durante los trabajos del campo (PL 66, 771). Andando el tiempo el e. se convirtió en el complemento del vestido de las órdenes religiosas y cuando comenzaron a agregárseles las congregaciones de seglares, para significar esta agregación les dieron parte de su vestido, que para algunos fue el cordón o cinto, y para otros, la mayoría, fue el e. de forma reducida.
2. D e f i n i c i ó n. - De aquí se deriva la definición dada por la Sda. Congr. de Indulgencias: los pequeños escapularios que suelen llevar los fieles en su origen e institución no son otra cosa que los escapularios propios de las órdenes religiosas, reducidos para mayor comodidad de los fieles a una forma pequeña (Decr. auth., n. 423). A esta definición, que puede 'decirse histórica, se añade la siguiente, que compendia las dotes esenciales del e.: el e.
es un signo de devoción, que consta de dos pequeños trozos de lana, de los cuales el uno se lleva sobre la espalda y el otro sobre el pecho.
3. D i v i s i ó n. - Los escapularios se dividen en tres clases: a) escapularios que son distintivos esenciales de cofradías, en las cuales se entra necesariamente por su imposición: p. ej., el e. del Carmen; b) escapularios que son distintivos de Pías Uniones, pero no esenciales; por lo tanto se puede llevar el e. sin formar parte necesariamente de la Pía Unión: p. ej., el e. de la Pía Unión del título de la Inmaculada, existente en la iglesia de Araceli de Roma; c) escapularios que no son distintivos de ninguna asociación, pero que llevándolos dan derecho a lucrar algunas indulgencias: p. ej., el e. azul.
4. M a t e r ia y f o r m a. - Los escapularios deben ser de lana, no de seda, ni de algodón u otra materia; debe ser además tejido de lana, no labor de aguja ni bordado o fieltro " (Decr. auth., n. 423, ad 2; ASS, 27, 692). La lana debe ser del color propio de cada 1 escapulario: se permiten los adornos siemb r e que prevalezca el color prescrito (Decr. fbuth., n. 423, ad 3-4). Las dos partes del I·'«, van unidas por cintas o cordones que no [♦constituyen parte esencial; no es por lo Manto necesario que sean de lana ni de un olor determinado, excepto los escapularios * Ge la Pasión y de San José, que deben tener, respectivamente, los cordones de color rojo blanco. La forma del e. debe ser alargada o cuadrada, no redonda, oval y con muchos ángulos (Decr. auth., n. 423, ad 5).
5. I m p o s ic ió n.
- Los escapularios pueden ser enriquecidos por indulgencias. Es necesario para ello que estén bendecidos, al menos la primera vez, e impuestos por un sacerdote que tenga facultad para ello. Para esta bendición no es suficiente la señal de la cruz, sino que es necesario recitar la fórmula propia de cada e. contenida en el Ritual Romano (ASS, 19 [1927], 558, ad 1-2). Se pueden bendecir sin embargo e imponer simultáneamente diversos escapularios con una sola fórmula; es necesario, sin embargo, un indulto especial que suele conceder la Sagrada Congr. de Ritos. El mismo sacerdote que bendice debe proceder a la imposición del e. Tratándose de escapularios cuya imposición lleva consigo necesariamente el ingreso en las respectivas cofradías, es necesario que el nombre de los fieles a quienes se concede el e. sea inscrito en el registro de las respectivas cofradías. Sin embargo, en gran concurso de pueblo la Sda. Congr/ del Concilio suele conceder la dispensa de la inscripción y permitir que cada uno se imponga el e. Tratándose de soldados, la Sta.
Sede ha permitido que cada uno de ellos en cualquier tiempo y lugar, sin que esté presente al rito de la bendición e imposición, pueda imponerse cualquier e. (Secretaria de Estado, 22 marzo 1912).
6. Uso. - El e. se ha de llevar continuamente y de modo que una parte vaya sobre la espalda y la otra sobre el pecho. Se puede dejar sin embargo por breve tiempo, p. ej., para lavarse o también durante los trabajos que se hacen a pecho desnudo, como ocurre en las minas. Basta que el e. se lleve sobre la ropa, pero no cosido.
Para proveer mejor al bien espiritual de los fieles la Sta. Sede ha permitido que los escapularios (exceptuados los de las terceras órdenes) se puedan sustituir por una medalla, que lleve por un lado la imagen de Nuestro Señor Jesucristo mostrando su corazón y por el otro la imagen de la Virgen Santísima (AAS [1910], 22).
7. P r in c ip a l e se s c a p u la r i o s. - Entre los muchos escapularios aprobados por la Santa Sede que dan derecho a participar de numerosos favores espirituales se han de notar como principales: a) el e. de la Sma. Trinidad, propio de la Orden de los Trinitarios; b) el e. rojo de la Pasión, propio de la Congregación de la Misión; c) el e. de los Siete Dolores, de la Orden de los Siervos de María; d) el e. del Carmen, de la Orden Carmelitana; e) el e. azul, propio de los Teatinos. El Código de derecho canónico no habla directamente de escapularios, sino de simples vestiduras distintivas propias que pueden llevar los fieles que se inscriben en las diversas asociaciones católicas (cfr. los cáns. 694, 703, 706, 709, 713-714, 719), dejando para los estatutos o reglas aprobadas para cada una de esas asociaciones por la competente autoridad eclesiástica las modalidades de sus hábitos, escapularios, etc. D e A. BIBL. — S. de A no e lib, De indulgentiis. Tractatus Quoad earum naturam et luum, C lu dbd del Vaticano, 1950. p. 220 ss.; P. M occizegianx, Colleotio tndulgentiarim ttieologice, canonice et historice digesta, Q u a - racchl, 1897, p. 374 ss.; M.
H etzen au er, Unterricht über das Skapulier des hl. Ioseph, F relsln g, 18&4, p. 18 ss.