SATISFACCIÓN (de Cristo)
Era en el Derecho Romano la compensación por una deuda o por una injuria (en el derecho germánico medieval: Wergeld). Tertuliano adopta esta palabra jurídica para indicar las obras penales ordenadas en la disciplina penitencial. De aquí pasó el término satisfacción a la liturgia (primero a la mozárabiga) para significar las obras e intercesión de los santos en favor de los pecadores. En este último sentido la aplicó S. Anselmo a Cristo Redentor, desarrollando toda una doctrina que entró en los cauces de la escolástica.
En su opúsculo Cur Deus homo insiste en el concepto de satisfacción como reparación objetiva del orden natural, perturbado por la culpa, de modo que establece una proporción jurídica entre la una y el otro. Sto. Tomás completará este concepto con el elemento moral de la pasión de Cristo (amor, obediencia) y con el principio de la solidaridad entre Cristo Cabeza y sus miembros místicos, los hombres. Se añadirá, más tarde, un adjetivo y se dirá satisfacción vicaria, para indicar la sustitución de Cristo en lugar de los hombres para satisfacer a la divina justicia y librarlos de la esclavitud del demonio y del pecado. Esta satisfacción dada por Cristo, principalmente con su Pasión y Muerte, tiene un valor infinito, por ser propia del Verbo (v. Operación Teándrica). Según Sto. Tomás, tres son los elementos que concurren a constituirla: el amor, la justicia y el dolor; el primero es el elemento formal y más importante; el segundo es la razón directiva, y el tercero, el elemento material. V. Redención.
Bibliografía
Sto. Tomás, , III, q. 48, a. 2;
, ;
Ricard, , Lovaina, 1914;
J. Rivière, en las obras citadas en la palabra Redención;
P. Parente, , 1951, p. 11.