JURAMENTO
En sentido estricto, el juramento es la invocación del nombre divino como testigo de la verdad de una afirmación o como garantía de la realización de una promesa. En sentido más lato, llámase juramento también a una afirmación especialmente solemne, cuya verdad absoluta se quiere poner más en claro. En este segundo sentido el juramento se atribuye al mismo Dios en la Biblia (Gén. 26, 3; Éx. 6, 8; 13, 5; 33, 1; Núm. 32, 11 etc.). También se habla a menudo en la Biblia del juramento en el sentido estricto (Gén. 21, 23; 31, 53; Gál. 1, 20; Heb. 6, 16), y siempre en su genuina naturaleza de recurso más o menos explícito a la garantía de la divina veracidad. El nombre ’eleh (probablemente de la misma raíz que Elohim) y Shebúah (probablemente de la misma que el sagrado número «siete»), que en el Antiguo Testamento significan el juramento con las circunstancias que solían acompañarlo, como, por ejemplo, levantar la mano hacia el cielo (Gén. 14, 22; Dt. 32, 40), revelan que el juramento era para los hebreos un verdadero rito religioso, cuya eficacia estaba fundada en la veracidad y en la justicia 348Adivina.
De esta suerte el juramento llegó a convertirse asimismo en un criterio de ortodoxia: el jurar por el Dios de sus padres era una profesión de fe verdadera (Dt. 6, 13; Is. 19, 18); jurar por los dioses extranjeros era un acto de idolatría (Jer. 5, 7; 12, 16; Am. 8, 4). Dada la naturaleza religiosa del juramento, la Ley de Moisés reprobaba severamente su abuso (Lev. 19, 12; Núm. 30, 3; Dt. 23, 21). Mas la especulación rabínica alteró no poco su naturaleza creando una serie de juramentos adaptados a las diversas circunstancias de la vida: juramentos de declaración, de falsedad, de testimonio, de depósito, etc. Una complicada casuística que regulaba su práctica fue causa de que se atribuyera su eficacia a las circunstancias formales, en tanto que su multiplicación divulgó de tal forma el uso que de él se hacía, que llegó a crearse la convicción popular de que la verdad sólo obligaba cuando se interponía el juramento y no en la conversación corriente. 348BEn un ambiente espiritual caracterizado por esta mentalidad, fácil es comprender el alcance de la enseñanza de Jesús (Mt. 5, 33-38). Jesús no condena el juramento, como erróneamente pensaron wiclefistas, valdenses y anabaptistas.
Basta considerar la práctica de los mismos Apóstoles (Rom. 1, 9; II Cor. 1, 23; Gál. 1, 20). En plena armonía con todo el sermón de la montaña y con las enseñanzas de los Apóstoles (Sant. 5, 12), Jesús inculca como ideal del cristiano el culto integral de la verdad, culto que, en consecuencia, hará que todo juramento sea superfluo, ya que su única razón de ser estriba en la falsedad y en la probabilidad del engaño. La perfección que propone como ideal la veracidad lleva consigo la superación del juramento. Se trata de perfección. [G. D.]
Bibliografía
J. Pedersen, Der Eid b. den Semiten , Strassburg 1914. J. Bonsirven, Le Judaïsme Palestinien , II, París 1935, pp. 239 s.