Diccionario de Teología Moral

Gregorio Manise, O.S.B. (Man.)

PRESUNCIÓN

Recursos

1. Naturaleza. - La palabra p. tiene diversos significados: se usa, especialmente en derecho procesal, para significar una conjetura fundada en apariencias o indicios no claros. Por lo general significa un acto arrogante, una transgresión que sobrepasa el modo común de pecar, una empresa superior a las fuerzas propias y a los auxilios que se puede esperar de otros, una esperanza que excede los debidos términos. 2. Distinciones. - Conviene distinguir la p. opuesta directamente a la esperanza (v.) que se debe tener en Dios y la p. no opuesta, al menos directamente, a esta esperanza. P. directamente opuesta a la esperanza en Dios es cualquier esperanza de la vida eterna y de los medios necesarios para su consecución, que hace ultraje al motivo de la esperanza teologal: sea sustituyendo la omnipotencia de Dios por las fuerzas propias, p. ej., esperando alcanzar la vida eterna con solas las fuerzas propias; p. pelagiana; sea sustituyendo el propio querer a las disposiciones divinas, p. ej., esperando obtener la remisión de los pecados sin penitencia, o la vida eterna sin buenas obras, y sin la observancia de los preceptos: p. luterana (pecado contra el Espíritu Santo). Con esta p. se une fácilmente un pecado contra la fe. Presunciones no opuestas, al menos directamente, a la esperanza en Dios, s o n: la esperanza de recibir del Seflor cosas inconvenientes, p.

ej., ayuda para hacer el mal, o cosas fuera del orden común de la divina Providencia, y no prometidas por Dios, por ej., la posibilidad de arrepentirse al fin de la vida, descuidando entretanto la observancia de los mandamientos o el ser preservado de la culpa, aunque no se eviten los peligros de pecar; también el valerse para pecar o para retardar la penitencia de la misericordia de Dios, o sea, de la facilidad de obtener la remisión de las culpas, o de la posibilidad de obtener con la misma facilidad la remisión de un número grande de pecados que de un numero pequeño. Quien se vale de la misericordia de Dios o de la esperanza del perdón para pecar mortalmente debe expresamente acusar esta circunstancia en la confesión porque ella muda la especie del pecado. El pecado con el propósito de arrepentirse despues y con la esperanza de obtener el perdón de Dios no es p.

3. Moralidad. - La p., directamente opuesta a la esperanza en Dios, es siempre un pecado grave y hace perder también la virtud infusa de la esperanza; la culpa subjetivamente grave requiere sin embargo un acto perfectamente deliberado. También la p. no directamente opuesta a la esperanza teologal constituye en general una culpa grave. £1 pecado es venial: cuando aun cuando se espere obtener una gracia extraordinaria, la voluntad se somete plenamente a Dios; cuando omitiendo la oración y la huida de los peligros se espera de Dios solamente un socorro ordinario y leve; a cuando la esperanza del perdón mueve sólo a pecar venialmente.

4. Causas y remedios. - Las causas de la p. son; la vanagloria, la soberbia y también cierta inconsideración. Los remedios contra la p. son: la humildad, la consideración de la justicia de Dios y de la gratuidad de los dones sobrenaturales. M an.

Bibliografía

Bibliografía

C. S ficq, La révélation de l’espérance dans le Nouveau Testament, Avignon, 1933 B. M e r r e l b a c k, Summa theologiCE moralis, I, París, 1938, n. 833-837
A. Tanquerey, Compendio de teología ascética y mística, Paris, 1930, n. 827-828, 1201 R. G a r r ig o u - Lagrange, Las tres edades de la vida interior, B u enos Aires, 1944, p. 444 ss.

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