Diccionario de Teología Moral

Carlo Riz (Riz.)

COMADRONA

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Índice interno:

1. Oficio ·

2. Deberes morales · 3. Misiones jurídicas ·

1. Oficio Es la mujer que en posesión de una formación científica y práctica adecuada asiste a las madres en el parto. El oficio de la c. tiene muchos elementos comunes con el de la enfermera, con la diferencia notable de que el parto no es una enfermedad, sino una cosa normal y perfectamente natural.

Sin embargo, hay dos razones que hacen necesaria la asistencia de la c.: el parto, aun el más sencillo y regular, es siempre un hecho en el que la mujer tiene necesidad de ayuda y asistencia, y aunque no es indispensable, es sin embargo muy útil y deseable que esta asistencia la dé una persona bien preparada, que conozca las normas de la higiene y sepa curar con experiencia a la madre y al hijo; además, el parto, aunque sea un suceso natural y normal, puede presentar fácilmente dificultades y complicaciones e incluso peligros. Por su formación especial la c. está más capacitada para advertir estas anormalidades y tomar a tiempo las medidas necesarias, sea con su propia intervención, ayudando o aconsejando, sea en los casos más graves, llamando al médico e informándole sobre la marcha del parto.

Por estos motivos en los países civilizados la profesión de c. puede ser ejercitada solamente por las mujeres que han conseguido su capacidad en los institutos reconocidos; pero es evidente que en caso de necesidad la persona práctica en estas cosas, aunque no esté diplomada, puede y debe por caridad prestar su ayuda, salvo el peligro de incurrir en la penalidad establecida por la ley contra el ejercicio abusivo o intrusivo de la profesión.

2. Deberes morales Los deberes morales de la c. son casi los mismos que los de la enfermera. La c. debe saber también cómo y cuándo se debe según la doctrina de la Iglesia católica bautizar a un niño en las diversas fases de un parto difícil, o cuándo, después del parto, hay peligro de muerte, y cómo y cuándo se debe bautizar el feto en caso de aborto. En los partos normales la c. puede ejercitar su oficio independientemente, o sea, sin la dirección de un médico. En los tiempos modernos la c. sólidamente cristiana puede ejercer un influjo muy beneficioso en lo que se refiere a los principios y la actuación de la limitación artificial de nacimientos: instruyendo, alentando a las madres incluso con razones sobrenaturales y ayudándolas con bondad y caridad, prontitud y gentileza. Por esta razón para ser una buena c. se requieren grandes cualidades morales y espíritu de sacrificio. 3. Misiones jurídicas El derecho canónico confía a las comadronas la inspección corporal de la mujer en las causas de inconsumación y de impotencia, y da algunas normas que se han de practicar en la inspección misma, las cuales se han de seguir de ordinario aun en conciencia (cáns. 1079, § 2, n. 3; 1980; 1981).

Inculca además la obligación de que aprendan la fórmula del bautismo (can. 743) y la exonera de la obligación de responder al juez cuando la obliga el secreto profesional (can. 1755, § 2, n. 1). Pez.

Bibliografía

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P. Antonino da Sant’Elia a
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