Diccionario de Teología Moral

Pietro Palazzini (Pal.)

SUÁREZ (FRANCISCO)

Recursos

1. Vida. - Suárez es el primer teólogo de los tiempos modernos, saludado por el mismo Pablo V con el nombre de Doctor eximio, verdadero tipo del moralista científico, n. el 5 enero 1548 en Granada, m. en Coimbra el 25 septiembre 1617. Entró en la Compañía de Jesús el 16 junio 1564, hizo sus estudios en Salamanca, de donde pasó a enseñar filosofía en Salamanca y en Segovia (1571-1574) y teología en Valladolid, Segovia y Ávila (1574-1580). Llamado a Roma para explicar teología en el Colegio Romano (1580-1585) volvió muy pronto a España, continuando la enseñanza en Alcalá (1585-1593), en el tiempo en que comenzaron en España las disputas sobre la gracia (v.), en las que tomó parte, y por último en Coimbra (1596-1615), después de doctorarse en Évora. Una opinión de su tratado De poenitentia , sobre la confesión a distancia y sobre la absolución en ausencia, condenada por el Santo Oficio, le obligaron a presentarse en Roma (1603-1605) para defenderse.

2. Obras. - Sus obras, exceptuados los tratados especiales sobre la justicia, abrazan todas las materias contenidas en la Summa de Sto. Tomás, esto es, toda la ciencia teológica. En parte sigue la Summa de Sto. Tomás en forma de comentario, en parte (muy notable) tiene personalidad propia; así en el De legibus , que dio a Suárez fama de jurista, y en el De religione . En las ediciones completas, la de Venecia (Coleti, 1747 ss.) en 23 volúmenes y la de París (Vives) en 26 volúmenes (1856-1866), las obras de S. se agrupan según el orden de las materias de la Summa de Sto. Tomás, aunque el orden de composición y de publicación haya sido diverso. En la segunda edición de París (por lo demás casi idéntica a la primera) las obras de S. se distribuyen de esta manera: t. I, De Deo uno et trino (1606); t. II, De Angelis (1620); t. III, De Anima (1621); t. IV, De fine ultimo, actibus et peccatis (1628); t. V-VI, De legibus (1612); t. VII-X, De gratia (1619, 1651, 1655); t. IX, dos series de opúsculos teológicos (1599-1859); t. XII, De virtutibus theologicis (1621); t. XII-XVI, De religione (1608-1609); De statu religioso et de Societate Jesu (1624-1625); t. XVII-XVIII, De Incarnatione (1590); t.

XIX, De vita Christi (1592); t. XX-XXI, De Sacramentis, Baptismo, Confirmatione, Eucharistia (1625); t. XXIII, De Poenitentia, Extrema Unctione (1620); t. XXIII y XXIII bis, De censuris (1603); t. XXIV, Defensio fidei (1613); t. XXV, Disputationes metaphysicae (1597). Las obras que no publicó en vida (la Defensio fidei , con la que S. intervino en la polémica suscitada por el rey de Inglaterra, Jacobo I) fueron editadas por el P. Baltasar Álvarez, portugués, y por otros. Mons. Malou publicó algunos opúsculos inéditos de S. (Bruselas, 1859); dos sobre la confesión a distancia; una carta a Clemente VIII contra las acusaciones de Báñez; el De immunitate ecclesiastica , escrito contra la Señoría de Venecia, que se oponía a los derechos de la Iglesia; una opinión de S. sobre las jesuitinas. Pocos años después en la Summa aurea de Bourasse se incluía un tratado de Suárez sobre la Inmaculada (v. VIII, p. 457-482). En Coimbra, en 1948 (IV centenario del nacimiento de S.), publicó la Universidad dos volúmenes de obras de S. (disertaciones sobre puntos de moral y derecho) y las publicaciones continuarán. El mismo año (1948) el P. I. de Aldama publicó un escrito sobre la gracia.

Finalmente, se publicará próximamente el epistolario de S. y está en preparación una nueva edición de todas las obras. 3. Personalidad. - Su personalidad es una de las más destacadas del campo teológico: el mayor teólogo de la escuela jesuítica. Su obra es esencialmente teológica, pero su filosofía es la que permite valorarla y caracterizarla en su originalidad y en sus divergencias con el Aquinate, siguiendo las huellas de Duns Scoto y de Occam. Sus rasgos más personales son su modalismo, la identidad entre esencia y existencia aun en la creatura, la acentuada distinción entre sustancia y accidente, etc. A estos rasgos responden en el campo teológico opiniones personalísimas, que nos dan prueba de su originalidad, más que de su aportación al desarrollo de la teología. Este se encuentra más bien en la clara manifestación de la sobrenaturalidad en todo el orden de la gracia, en la delimitación de los efectos del pecado original, en la explicación de la voluntad salvífica de Dios, en la mariología, etc.

Son aspectos singulares de su teología el carácter de las relaciones divinas; la explicación de la visión intuitiva de Dios; la explicación de la causalidad de los sacramentos; la explicación de la esencia del Sacrificio del Altar; la explicación singularísima de la presencia eucarística; la tesis de la subsistencia, concebida especialmente en orden a la Encarnación, el congruismo en las cuestiones de la gracia y en general su eclecticismo. Más que en la teología especulativa, en su teología práctica S. depende inmediata y directamente de Sto. Tomás. El De legibus , que es en este campo su obra principal, consiste en un amplio comentario a las 19 cuestiones de la Summa theologica del Aquinate, relativas precisamente a la teología práctica y se presenta como uno de los más vastos y agudos trabajos en esta materia.

Incluso para cierto número de cuestiones morales y políticas S. se esforzó en completar el intelectualismo tomista con una consideración más concreta de la psicología humana y dando mayor parte a la voluntad (voluntarismo) y a la libertad; así en su concepción del derecho y de la ley, en el examen de la conciencia dudosa, de la bienaventuranza o a propósito del origen de la sociedad civil.

Sin embargo, este voluntarismo es complementario; no es un voluntarismo absoluto y exclusivo, y se debe acaso a sus profundos y pacientes análisis. Otros puntos en que la doctrina de S. trajo nuevas precisiones a la doctrina común son: el constitutivo de la moralidad; la noción de la ley penal; la imperfección positiva presentada como distinta del pecado venial; S. es tenido por uno de los más eminentes juristas, el teórico del derecho general y del derecho político en particular. En las materias políticas es sin duda donde S. se revela más original, tanto más que el terreno había sido mucho menos explorado por Sto. Tomás, ya que fueron los siglos posteriores los que produjeron una floración extraordinariamente exuberante y verdaderamente nueva de cuestiones y problemas.

Se ha de señalar también la contribución de S. a la formulación del poder indirecto de la Iglesia sobre el Estado. El derecho internacional tuvo después de Vitoria en S. uno de sus más grandes elaboradores. Son notables sus contribuciones a la delimitación del concepto del jus gentium y a la idea de la comunidad natural de las naciones. S. se encontró también en los comienzos del gran esfuerzo casuístico que se manifestó a fines del s. XVI y a comienzos del

XVII. Si no desdeñó la casuística y si participó él mismo en su desarrollo parece claro que rehusó, al menos en sus obras, el ser un puro casuista. En efecto, jamás se le tuvo por los casuistas como uno de sus maestros. En cambio, tuvo un papel de primera importancia en la formación de los sistemas morales (v.). Entre un probabilismo por decirlo así ilimitado (que él atribuye a Medina y a López), y un probabiliorismo al que daba como principio el tene certum et omitte incertum (que él atribuye a S.

Antonino, Soto, etc.), y un exagerado tuciorismo para el que no cita ningún defensor, S. sostiene la legitimidad de seguir la opinión verdaderamente probable en las dudas de derecho; como razones enumera la fragilidad humana, la carga intolerable que se habría de imponer a todos los hombres de hacer exámenes comparativos, la insuficiencia de la promulgación de una ley verdadera y seriamente dudosa.

Sin embargo, hay casos, añade, en que la opinión verdaderamente probable no puede ser seguida; son éstos los casos de duda de hecho, en los cuales o por justicia o por caridad está uno obligado a evitar un daño o inconveniente existente en realidad, o las dudas acerca de la necesidad de un medio que se manifiesta como probablemente dispensable para el logro de un fin determinado, particularmente necesario (salvación eterna). Lo que se ha de notar principalmente en este análisis es el hecho de que los límites del probabilismo quedan ya fuertemente designados, especialmente en lo que se refiere a la duda de hecho. Las grandes líneas del probabilismo moderado quedan trazadas netamente.

Muchas discusiones se hubieran podido evitar y la reacción que impidió que se afirmara el probabilismo hubiera tenido indudablemente menos alcance si sus sucesores se hubieran mostrado más fieles a su doctrina. Del examen en conjunto de su teología práctica se deduce que su crítica del tomismo y el complemento que él se esfuerza por aportar, si no son suficientes para hacer de él un jefe de escuela, lo son sin embargo para dar a S. una personalidad y una superioridad real. Su influjo fue notable. S. Alfonso M. de Ligorio considera a S. como uno de los moralistas más notables del pasado y lo utilizó frecuentemente en su Theologia moralis . Al formar en las primeras ediciones de su obra una lista de autores graves cuyas decisiones son particularmente de peso, cita a S. Y es curioso observar cómo nuestro teólogo, que en la cuarta edición (1760) es nombrado en segundo lugar entre los veintidós autores nombrados, pasa en la quinta edición al primer puesto de los treinta y cinco que allí se citan.

Sin embargo, en las ediciones sucesivas cedió este lugar al Card. De Lugo (l. III, n. 572). En el s.

XIX y en nuestros días, los moralistas conceden a S. una gran consideración, sobre todo en el De legibus , en el De religione y en el De Sacramentis , considerados como obras clásicas. En el repertorio de autores que nos dan algunos teólogos moralistas, p. ej., D’Annibale, Lehmkuhl, Bouquillon, Genicot, Prümmer, S. es considerado autor de primer orden. Pal.

Bibliografía

P. Minica,

Bibliografía

Suareciana , Granada, 1948 Actas del IV Centenario del nacimiento de
F. Suárez , Dirección General de Propaganda, Madrid, 1949
R. Scorraille, El Padre Francisco Suárez , Barcelona, 1917
A. Medina Olmos, La obra jurídica de Suárez , Granada, 1917
E. Elorduy, La moral suareciana , Salamanca, 1944
A. Mesineo, Il diritto naturale nella dottrina di Francesco Suárez , en La civiltà cattolica , 100 (1949), I, 270-282
R. Ceñal, Los fundamentos metafísicos de la moral según Suárez , Barcelona, 1949.

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