OBSTETRICIA
1. Generalidades. - Es la rama de las disciplinas médicas que se ocupa de la asistencia y cuidado tanto de la mujer durante las fases de la maternidad, como del feto y después del recién nacido en las primemeras horas de su vida. El término o. se deriva del latín obstetrices (de ob = adelante, y stare = estar), con el cual se indicaban las mujeres que socorrían a las parturientas y que hoy se denominan comadronas. Más acaso que ninguna otra especialidad médico-quirúrgica la o. requiere en quien la cultiva dotes espirituales y técnicas no comunes: ánimo tranquilo y sereno, capacidad de rápidas dedeliberaciones, notable pericia, sólida conciencia moral. En efecto, el obstétrico ha de estar siempre en condiciones de tomar decisiones importantes y de realizarlas oportunamente ya que de ellas depende a menudo la salud y la vida de la madre y del feto. Muchos y muy importantes son los problemas relativos a la o. de los que los principales han sido ya tratados en voces separadas: Aborto, Aborto terapéutico, Feticidio, Gemelos, Embarazo, etc. En los párrafos que siguen nos detendremos en algunos temas no menos interesantes para la moral. 2. Profilaxia del aborto espontáneo. - A la lúes y a otro reducido número de causas de aborto espontáneo, conocidas ab antiguo (v. Aborto), se ha añadido recientemente una nueva.
Consiste en una enfermedad fetal particular producida por un aglutinógeno especial denominado fa cto r Rhesus o fa cto r Rh (véase Grupos sanguíneos). No es éste el lugar indicado para ilustrar sobre esta afección ni para discutir la importancia de los diversos medios (antiluéticos, reposo, vitamina Bd, progesterón, autovacunación, transfusiones de plasma, etc.), que conviene experimentar cada vez para impedir el aborto espontáneo. Insistiremos más bien en la necesidad de que el obstétrico ponga por obra todo su poder técnico y moral a fin de conseguir una eficaz profilaxia de este aborto; y esto incluso cuando los padres se mostraran favorables a dejar obrar a la naturaleza., o sea, que les agradarla una espontánea interrupción del embarazo. La defensa de una criatura inocente y la tutela de la salud de la madre imponen al médico esta conducta conservadora.
3. Parto prematuro. - Es el parto que se determina entre el día 180 y el 265 de la concepción. Su curso no difiere gran cosa del parto normal e Incluso el pronóstico respecto a la madre en el parto prematuro no es más grave que cuando el embarazo llega a su término. En cambio, el pronóstico queda reserreservado para el hijo* ya que los fetos nacidos vivos fácilmente sucumben con motivo de su debilidad, de la dificultad de su nutrición e incluso por efecto de la enfermedad materna (neíropatía, sífilis, tuberculosis, etc.) que determinó la interrupción prematura espontánea del embarazo.
Por lo tanto, cuando subsista el peligro de un parto prematuro espontáneo (evento que puede verificarse también habitualmente en ciertas mujeres), cuando, bien entendido, el feto sea vivo, el obstétrico — de modo análogo a lo que hemos dicho para el aborto espontáneo — pondrá en juego todo medio profiláctico que juzgue más oportuno para retardar el nacimiento de la criatura. Cuando graves razones lo requieran es licito recurrir al parto prematuro provocado siempre que se haga todo lo posible para salvaguardar la vida y el desarrollo ulterior del recién nacido (por medio de incubadoras, etc).
Además es siempre aconsejable retardar al máximo la intervención obstétrica, porque cuanto más se acerque al día 270 de gestación más cierto se estará de la vitalidad fetal. Se entiende que cuanto más urgente:parezca el parto por el peligro de la madre tanto más prematuramente convendrá librar a la mujer de la fecha de la concepción).
4. Operaciones obstétricas. - Todo género de intervención obstétrica es intrínsecamente lícita y su elección será Indicada en cada caso al operador por la propia experiencia o por las necesidades del momento. Convendrá, sin embargo, que el obstétrico en esta su decisión ' tenga presente el deber moral de salvar tanto a la madre como al feto y excluya cualquier intervención que no ofrezca al menos la posibilidad de salvar las dos criaturas que le han sido confiadas. Convendrá también que la operación sea conservadora al máximo, de modo que evite mutilaciones innecesarias y permita sucesivas gestaciones.
5. Enfermedades y embarazo.
- Las enfermedades que pueden acompañar el embarazo se distinguen más bien escolásticamente en en/er/nedades por el embarazo (nacidas con ocasión del estado gravidico) y enfermedades de embarazo (que complican accidentalmente el estado de gestación); estas últimas se subdividen ulteriormente en preexistentes a la concepción y enfermedades nacidas durante el embarazo. Toda£ estas enfermedades sean agudas o crónicas,* somáticas o psíquicas, infecciosas o traumáticas, etc., dan lugar — incluso desde un punto de vista moral — a importantes y delicadas cuestiones acerca del eventual daño que pueden ocasionar al feto, al mejor modo de tratarlas para salvaguardar el desarrollo regular del producto de la·'concepción.
A propósito de la cura nos limitaremos a recordar que entre dos terapias, útiles para combatif una enfermedad determinada, es moralmente obligatorio elegir la que menos comprometa al nascituro; pero que si para la salvación de la gestante fuese indispensable adoptar un tratamiento que se presume ha de ser dañoso e incluso letal para el feto esta presunción no debiera apartar al obstétrico de la adopción de aquel medicamento o de aquel método terapéutico, ya que semejante conducta (análogamente a lo que hemos dicho para el aborto indirecto, v.) no conduce a una supresión intencional del nascituro y, por lo tanto, es lícita.
Conviene mencionar por último las psicosis gravidicas y las psicosis puerperales. Tanto el embarazo como el puerperio pueden dar ocasión a crisis psicósicas o a procesos mentales de tal gravedad que puedan terminar en..demencia.
En todos estos casos se ha de admitir un doble proceso etiopatogénico: por un lado algunas causas exógenas ligadas a la gestación (generalmente toxicosis) o al parto '(pérdidas de sangre, dolor, etc.); por otra una predisposición constitucional tanto más grave cuanto más notable y persistente es el cuadro psicósico. Estas enfermedades de ordinario no tienen ningún carácter específico perteneciente a las amencias, distimias o — más raramente— a las esquizofrenias o al histerismo; psicosis que suelen presentarse con igual frecuencia aun fuera del embarazo o del parto. De la terapia que habrá de ser mixta, esto es, obstétrica y psiquiátrica, se excluirá la provocación del aborto y, casi siempre, incluso la del parto prematuro. Riz.
Bibliografía
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