Diccionario de Teología Moral

Cornelio Damen, C.Ss.R. (Dam.)

LUJO

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- l. Noción. - Con el término l. entendemos aquí todo aquello que supera los gastos necesarios para un nivel honesto de vida media en un ambiente determinado. Estos gastos y nivel de vida media pueden ser diferentes según los diversos tiempos y lugares, y sometidos a continuos cambios y progresos (p. ej., gas, electricidad, agua corriente, no son hoy como lo fueron en un tiempo artículos de l.). En un ambiente determinado y en un momento dado el I. es un concepto absoluto y prescinde de la posición económica o social del individuo. La noción de l. se refiere, por lo tanto, en primer lugar más bien a la economía que a la moral. 2. Notas morales y sociales. - El l. entra dentro del campo moral en cuanto que el uso de los bienes terrenos está sujeto a las normas de la recta razón y de la ley evangélica. Pero la recta razón en el uso de estos bienes, en el gasto del dinero, en procurarnos las comodidades de la vida, nos impone como norma las exigencias y costumbres honestas de nuestro estado y de nuestra posición social; la virtud de la modestia es la que regula el uso de las cosas externas, manteniendo el justo medio entre la exageración y la negligencia. Por lo tanto, sobrepasar el tenor medio de vida y usar artículos de l., gastar dinero en mayor cantidad, es lícito a todos aquellos cuya posición social o económica sobrepasa la posición media de un ciudadano cualquiera;

más aún, Sto. Tomás seftala una virtud especial, la magnificencia, cuya misión es inclinar al hombre según su capacidad económica a realizar de cuando en cuando; obras de mayores proporciones, y esto no vale solamente para las obras de caridad, sino también para otras obras de importancia social, ya que cierta recreación y variedad de vida y la existencia de grandes empresas contribuyen a la vida social dándole un carácter más humano y de más prudente economía. El l. se hace ilícito si se desvía de la norma de la recta razón, esto es, si es exagerado en cuanto a su cantidad, habida cuenta de la condición individual de la persona o si va animado por intenciones no rectas (soberbia, vanidad, sensualidad, etc.) o procurado con un cuidado exagerado. Este l. ilícito está en pugna no sólo con las normas de la modestia, sino también de la caridad fraterna y de la justicia social, que nos impone la obligación de desprendernos de nuestros bienes superfluos en favor del prójimo o de la comunidad. Nótese que mientras el l. crea trabajo y, por lo tanto, bienestar social, el l. exagerado contribuye grandemente a exasperar los ánimos de las clases pobres y puede influir asi desfavorablemente en la paz social. Finalmente, la ley evangélica ha perfeccionado las normas de la razón.

No solamente acentuando el carácter de la caridad cristiana incluso en los casos en que no existiría una obligación estricta de la ley natural a socorrer al prójimo, sino especialmente declarando como la virtud más sublime el renunciar por amor de Dios totalmente, o en parte al menos, a las comodidades de la vida y a todo l. en- el uso de los bienes terrenos. A este propósito es particularmente rica la literatura patrística acerca del uso recto de las riquezas (de recto usu divitiarum) (v. también Modestia, Superfluo, Vestido). Dam.

Bibliografía

Bibliografía

Sum. Theol., II-II, q. 134-135, 168 A. TUouv en i n , Luxe, en DTC, I X , 1336-1339 K . Hilgenreiner , Luxus, en Lexikon für Theologie und Kirche, VI, 747-748
I. Card. Gomá, Las modas y el lujo, Toledo, 1938.

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