Diccionario de Teología Moral

Giuseppe Graneris (Gra.)

LEY DIVINOPOSITIVA

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1. Noción. - Es la que emana de la voluntad de Dios legislador, fuera de las exigencias convenidas en el orden natural de las cosas; esto es, es un mandato que da Dios, pero que podría no dar sin contradecir por ello la naturaleza de las cosas. De hecho vemos que Dios ha dado leyes de esta clase que pueden dividirse en tres períodos históricos: primitivo, judaico, cristiano. El primitivo comprende las leyes dadas a los patriarcas, desde Adán hasta Moisés; el judaico comprende todo el período de la historia hebraica, con las leyes recogidas en el Antiguo Testamento; el cristiano o período del Nuevo Testamento contiene la ley evangélica.

2. Obligación. - Las leyes de los dos primeros períodos (primitivo y judaico) en cuanto leyes positivas fueron abolidas; más aún, las que regulaban los actos de culto (ceremoniales) actualmente sería ilícito observarlas. Las leyes cristianas fueron dadas directamente a los cristianos; pero como el cristianismo es una religión universal, se puede decir que indirectamente han sido dadas también a los infieles, en cuanto que ellos también son llamados a entrar en el seno de la Iglesia. Gra.

Bibliografía

Sum. Theol., I-II, q. 99-108
K. Bockenkofv, Das apostolische Speisegesetz in den ersten fünf Jahrhunderten, Paderborn, 1903
P. Fedele, Discorso generale sull’ordinamento canónico, Padova, 1941, p. 11-42.

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