LECTURAS
1. Ley natural. - Las l. son moralmente buenas o malas según el objeto (libros buenos o malos), o el modo de hacerlas (demasiado frecuentes, inoportunas o inconvenientes, p. ej., la lectura de libros científicos sobre materia sexual para un niño o persona no formada, etc.). En general, son ilícitas todas las l. hechas con intención mala o que producen un efecto desordenado, como, p. ej., peligro de pecar (contra la fe o las buenas costumbres); peligro de conmociones venéreas; peligro para la salud física, psíquica o moral. Solamente un fin proporcionado de necesidad o utilidad (estudio, etc.) puede compensar de tales peligros (v. Impudicicia, Ocasión de pecado). Hemos de destacar aquí no solamente el daño de los libros malos en el sentido verdadero y propio, sino también el hecho de que las frecuentes l. de libros sensuales, románticos y pasionales pueden, sobre todo en personas jóvenes o nerviosas, ejercer un funesto influjo sobre la salud, arruinando el equilibrio mental, el gusto por el trabajo serio y creando una hipersensibilidad y falsos conceptos sobre la realidad de la vida.
2. Ley canónica. - La Iglesia, maestra de la verdad y custodia de las buenas costumbres, prohíbe con una ley positiva las l. de muchos libros y escritos de los cuales pudiera deducirse serio peligro para la fe y la moral (v. Índice de libros prohibidos, Libros prohibidos). Dam.
Bibliografía
S. Alfonso, Theol. mor., Appendix: Dissertatio de justa prohibitione et abolitione librorum
F. Tummolo, Casus conscientiae, Torino, 1939, n. 78-90
M. Conte a Coronata, Institutiones iuris canonici, II, n. 959-965
J. Hilgers, Der Index der verbotenen Bücher, Freiburg i. B., 1904
A. Boudinhon, La nouvelle législation de l’Index, París, 1926
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A. Garmendia, Lecturas buenas y malas, Bilbao, 1949.