Diccionario de Teología Moral

Carlo Riz (Riz.)

INMORALIDAD CONSTITUCIONAL

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1. Concepto. - Muchos psiquiatras, penalistas, etcétera, juzgaban en otros tiempos que era imposible la existencia de graves defectos éticos sin deficiencias o desórdenes de la esfera intelectiva. El eco de esta concepción lo encontramos tanto en la denominación de imbecilidad moral con que algunos científicos designaban la psicopatía (a la que daban también los nombres de locura moral, delincuencia congénita, perversión instintiva), como en algunas legislaciones, como la inglesa, que define de esta forma a los individuos afectados por esta anomalía: «personas que desde su más tierna edad demostraron alguna deficiencia mental permanente junto con fuertes inclinaciones viciosas y criminales, en los cuales los castigos tenían un efecto mínimo o nulo». Parece, sin embargo, que pueden existir desórdenes en la esfera éticoafectiva sin anomalías al menos aparentes en la inteligencia. A estos desórdenes éticoafectivos, no acompañados de epilepsia o de otras manifestaciones psicopatológicas, se ha dado el nombre de inmoralidad constitucional. Pero tanto este apelativo como los anteriores son totalmente impropios e inadecuados para indicar las formas morbosas a que se refieren.

En efecto, la expresión inmoralidad constitucional parece excluir por principio toda imputabilidad moral, haciendo del mal moral la consecuencia fatal de una constitución determinada, sin ninguna intervención de la voluntad libre (escuela positiva). Ahora bien, en el llamado inmoral constitucional si la determinación libre de la voluntad puede ser perturbada por anomalías de orden psíquico, ordinariamente no queda completamente anulada. Queda, por lo tanto, un margen más o menos amplio de imputabilidad que habrá de ser cuidadosamente valorado en cada caso. El nombre, sin embargo, ha quedado y lo usan muchos en nuestros días para indicar una anomalía en la esfera éticoafectiva sin ningún desorden apreciable en la inteligencia. Cuando existen también trastornos intelectuales se tratará de alguna forma de demencia (v.) y en los casos frecuentes en que aquellos trastornos son de orden deficitario, se tratará de frenastenia (v.).

2. Causas. - No conocemos bien las causas de las aberraciones éticocaracteriológicas de los llamados inmorales constitucionales; dado que el sistema nervioso vegetativo y las glándulas endocrinas tienen tanta parte en la afectividad y en la emoción, se ha de juzgar por lo menos muy probable que en la base de la anomalía constitucional haya algún pequeño desorden neurohumoral producido acaso por insignificantes tóxicos infecciosos que hayan obrado sobre el individuo en el curso de su desarrollo. También el factor hereditario (probablemente por la transmisión de anomalías neurohormónicas) tiene una importancia no despreciable en la determinación de la enfermedad. Lo mismo se ha de decir del factor ambiental.

3. Sintomatología. - Los llamados inmorales constitucionales tienen una serie común de características psicopatológicas: éstas —siguiendo en parte a Régis— son principalmente la amoralidad (la cual, sin embargo, no es casi nunca una ausencia completa de la valoración moral), la inafectividad, la inadaptabilidad, la impulsividad y una prepotente instintividad. Estas características, con todo, no están nunca presentes en igual medida en los diversos enfermos, lo cual da lugar a diversos tipos clínicos. Así Levy-Valensi distingue: a) los instintivos simples en los que los instintos no sienten el freno de la educación y de la ética privada y social; b) los instintivos perversos en los que los instintos se encuentran originariamente desviados y deformados; otros proponen otras distinciones.

4. Cuestiones morales. - No se ha de creer que el dictamen normativo de la conciencia se encuentre totalmente extinguido en éstos, a no ser que se trate de ciertas formas extremas de demencia; pero ciertamente se halla obnubilado más o menos gravemente. Trátase sobre todo de recuperarlo con una sabia y paciente educación; trátase de volver al individuo a la advertencia de la responsabilidad propia, ayudando al psiquiatra en su labor. Naturalmente, abandonados a sí mismos estos deficientes agravan con la repetición de las culpas su ya inestable equilibrio moral. De todos modos la imputabilidad de los actos es en ellos proporcional a la advertencia y consentimiento de que son capaces.

5. Cuestiones médicolegales y terapéuticas. - Estos anormales de que tratamos representan a menudo un motivo fundado de discusión, incluso en los tribunales, sobre todo cuando el perito o la defensa siguen los dictados de la antropología criminal (v.), en tanto que los jueces son fieles a los principios del derecho penal clásico. En efecto, para los primeros el reo es un enfermo mental y como tal no puede caer bajo el rigor de la ley; en cambio, para los segundos no es un loco, sino un criminal —aunque sea «por tendencia» (v. Delincuencia)— y debe sufrir la pena que le corresponde por el delito conocido. Para hallarse en la verdad conviene distinguir los diversos casos que pueden darse y determinar si en el individuo existe o no la forma morbosa que disminuya y hasta qué punto la responsabilidad moral. Si se atiende a la consideración de que dichos inmorales no son de ordinario insensibles al dictamen de la conciencia y al freno del código, que por el contrario ejerce sobre ellos una influencia más sensible por la materialidad de las penas, estos anormales de carácter pueden considerarse como delincuentes comunes en el foro penal, aun cuando con circunstancias atenuantes.

En asunto penal y correccional debiera darse grande importancia a la erección racional del lugar y del modo de la detención: las cárceles y reclusiones ordinarias son con frecuencia un sitio de peligroso contagio por parte de los delincuentes más graves para con los demás detenidos; estos lugares debieran ser sustituidos por adecuadas casas de custodia donde estos enfermos fueran convenientemente estudiados y curados con una prudente aplicación de medios psicoterapéuticos y neuroendocrinos con una conveniente instrucción religiosa y asistencia espiritual. Sólo con estos medios podrá esperarse al término de la detención la recuperación de estos sujetos destinados de otra suerte a recaer en el vicio y en el delito con peligro constante para la sociedad. La terapia de estos anormales adultos (frecuentemente demasiado naturalistas) ha obtenido hasta el presente escasos resultados, mientras que el tratamiento preventivo de los candidatos a la inmoralidad ha logrado ya prometedores resultados, por lo que hay que augurar que esta prevención se perfeccione y extienda al mayor número posible de niños anormales.

Conviene recordar a propósito de esta prevención que el anormal se revela a menudo desde los primeros años de su vida. El niño no tiene para con sus padres los acostumbrados gestos de ternura, sino que les trata con indiferencia; a veces se abandona a cóleras violentas e incoercibles; otras se muestra taciturno, hipócrita, mentiroso, ladrón; casi siempre desahoga sus instintos de crueldad en los animales o en otros niños más débiles que él; huye de la escuela, es incorregible, indisciplinado y rebelde y suele también presentar instintos sexuales precoces y pervertidos. El tratamiento de estos sujetos habrá de consistir en su internamiento en casas de corrección oportunamente preparadas en las que el niño sea guiado —con firmeza no exenta de afectuoso interés— en el estudio y trabajo, realizados a ser posible al aire libre y alternados con ejercicios físicos. El ocio habrá de ser combatido rigurosamente.

Un alimento sano y abundante y la adopción de sanos métodos pedagógicos y educativos que favorezcan la formación y desarrollo del sentido del honor y del autocontrol y suscite el interés social de los jóvenes por su ambiente contribuirán eficazmente al robustecimiento somático y espiritual de estos anormales. Éstos serán cuidadosamente estudiados (bajo el aspecto anamnéstico, constitucional, psicológico, etc.) por médicos especializados, los cuales pondrán por obra todo medio posible con el fin ya de corregir las desviaciones fisiopsíquicas, ya de dirigirlos a las actividades laborales más en consonancia con sus inclinaciones y sus posibilidades psicosomáticas. No se ha de olvidar la instrucción y formación religiosa que es la fuente principal para la recuperación por la sociedad de estos tarados. Riz.

Bibliografía

Levy-Valensi, Précis de psychiatrie , París, 1926
E. Tanzi y
E. Lugaro, Trattato delle malattie mentali , II, Milano, 1916 Id., Immoralità costituzionale , en EI , XVIII, 889
H. Bless, Psiquiatría pastoral , Madrid, 1942.

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