ERROR
1. Noción. - Es un juicio falso.
2. V a lo r é t ic o. - Como hecho de la inteligencia no tiene valor ético; adquiere este valor en cuanto tiene una causa voluntaria o efectos moralmente importantes, porque a ellos se extiende la voluntariedad de la causa. Así un e. en materia de fe no tiene valor moral (y por lo tanto no puede constituir pecado) sino en cuanto que se debe a la culpable negligencia del sujeto en instruirse en materia religiosa. Igualmente un e. en el ejercicio de un arte o de una profesión puede ser moralmente indiferente, excusable o culpable, según sus causas y sus efectos. P. ej.. los errores del juez al pronunciar la sentencia o del médico al curar a un enfermo se han de valorar desde el punto de vista moral, teniendo en cuenta la culpabilidad de la ignorancia o de la negligencia de donde proceden o de las consecuencias (aunque sólo en confuso hayan sido previstas) que de él se sigan.
Por donde es culpable el e. cometido por el magistrado o el médico, que ejercen su profesión sin poseer por lo menos aquel grado medio de ciencia comunmente requerido; es culpable su error si se debe a la falta de diligencia en el tratamiento de cada uno de los casos; diligencia que debe ser siempre por lo menos la ordinaria y proporcionada a las dificultades y a la gravedad del caso; por lo que es culpable el e. cometido en casos difíciles que superan la propia ciencia, cuando advertida esta falta, no se ha recurrido, pudiéndolo hacer, a la ciencia ajena, o peor, se ha rechazado esta ayuda. La culpabilidad del e. es evidente, porque tanto el juez como el médico saben ciertamente que su ignorancia y su negligencia los expone de continuo a peligros de errores perjudiciales al prójimo que están obligados a evitar por su deber de oficio. Para la influencia del e. en los contratos, v. Contrato. Para la influencia del e. en el consentimiento matrimonial, v. Consentimiento matrimonial. Gra.
Bibliografía
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P. Gauibr, De ignorantia et errore in censurarum specialissimo modo reservatarum absolutione, en Period. de re mor. can. Iiturg., 17 (1928), 55-68
E. Voobbn, De imputabilitate delicti, en Coüat. namurcen., 28 (1934), 336-342,