DIES IRAE
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1. Noción. - Composición poética de gran eficacia lírica y dramática al mismo tiempo hasta el punto de constituir una fuente poderosa de inspiración para los más grandes genios musicales de todos los tiempos y de todas las creencias, fué por mucho tiempo atribuida a Tomás de Celano, biógrafo de San Francisco. Pero el descubrimiento de un manuscrito de Casino, ciertamente anterior a Celano, retrotrae el origen de la composición al s. VII.
2. Aplicación a la liturgia de los difuntos. - Es una variación sobre el tema del juicio universal que tanto apasionaba el arte de aquel período y tal vez originariamente se compuso para el último domingo de Pentecostés o el primero de Adviento. La única referencia que lo puede relacionar con una liturgia funeraria de la cual es hoy parte importante y característica son las dos últimas estrofas que faltan en el manuscrito casinense y que por el cambio de verso reflejan una segunda mano. Los primeros en introducirla en la liturgia son los misales franciscanos del s. XIII; pero no se hizo oficial en la liturgia romana hasta la edición del misal de S. Pío V (1570), aunque se encuentra ya en la edición de 1504.
3. Obligación de rezarla. - El d. irae es obligatorio sólo en las misas de difuntos in die obitus seu depositionis presente, o también ausente por causa razonable, el cadáver, y en una de las tres misas del 2 de noviembre, la primera o la que se celebre con más solemnidad. En las demás queda a beneplácito del celebrante (Decr. de la Sda. Congr. de Ritos de 23 marzo 1955). Cig.
Bibliografía
F. Ermini, Il dies irae, Ginebra, 1928 D.
M. Inguanez, Il poeta del dies irae, en Medioevo latino, Modena, 1938, p. 277-285.