CONCURSO
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1. Nociones. - Es la competición de varias personas para obtener un puesto destinado al que sea considerado más idóneo para ocuparlo, o un premio establecido para el autor de la obra mejor sobre un argumento determinado a elección de los concursantes o propuesto por la autoridad o la preferencia en la elección entre varios proyectos de un trabajo a realizar.
2. Elementos esenciales de un c. - Son: a) un premio propuesto o un oficio a ocupar; b) la competición de los pretendientes, esto es, la pluralidad de las personas; c) una comisión que ha de juzgar de la condiciones requeridas en los concursantes. Se requiere que el c. sea promulgado y que a esta promulgación se le dé una publicidad conveniente para asegurar la competición de personas idóneas. Faltando normas generales positivas sobre este punto habrá de juzgarse en cada caso si realmente la publicidad se ha verificado de un modo congruo; si esto no fuese así habría de anularse el c. por insuficiencia de publicidad. En la publicación del c. se han de señalar con claridad las condiciones para la validez de admisión al mismo; no es licito excluir a ninguno del concurso, excepto a los que sean claramente ineptos para aquel determinado oficio, trabajo o proyecto de obra, o les faltara algún requisito o titulo necesario. Para el nombramiento de la comisión que ha de juzgar valen los reglamentos correspondientes así como para las operaciones de la misma comisión,
3. Obligaciones de los examinadores (véase Examinador). - A fin de que se respete plenamente la justicia los componentes de la comisión, además de la observancia escrupulosa de los reglamentos particulares, están obligados a apartar de su ánimo cualquier simpatía, antipatía o prejuicio para con determinadas personas o para con determinadas categorías de concursantes. En los concursos en que toman parte solamente unos pocos aspirantes se puede prescindir de un método riguroso; no se admite en cambio un sistema sumario en las competiciones en que toman parte númerosos concursantes. Igualmente donde la competición sea númerosa se requiere que la comisión juzgadora establezca anteriormente los criterios en la valoración de los títulos, así como la proporción de votos reservada por ella para cada titulo y para la prueba del exam en; estos criterios se han de aplicar después rigurosamente a cada concursante sin excepción para no faltar a la justicia. Pueden valorarse como títulos también, aun cuando no se señale expresamente, los que puedan influir en el juicio; como, p. ej., los servicios prestados, la edad, etc.
Para la obligación en conciencia vale el axioma: al vencedor se le debe el premio por justicia estricta; de aquí nace la obligación de la restitución o de resarcir los daños por parte de la comisión dictaminadora bien para con el concursante que hubiera pedido conseguir el premio, bien para con la sociedad perjudicada. Tar.
Bibliografía
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