Diccionario de Teología Moral

Pietro Tocanel, O.F.M. Conv. (Toc.)

COMUNICACIÓN CON ACATÓLICOS (in sacris)

Recursos

Índice interno:

1. Naturaleza ·

2. C. «in sacris» activa y formal ·

3. C. «in sacris» pasiva y material ·

4. C. negativa ·

1. Naturaleza La c. in sacris , es decir, en las cosas sagradas, es la participación de un católico en las funciones sagradas y públicas de un culto no católico, herético, cismático, infiel, etc. Ésta es la verdadera c. in sacris , llamada también c. in sacris positiva , para distinguirla de la c. in sacris negativa , que existe cuando un acatólico es admitido a tomar parte en las funciones del rito católico. Limitándonos a la primera, ésta puede ser formal cuando un católico participa en un culto acatólico con la intención de honrar a Dios con aquel culto; o material cuando un católico asiste a las funciones de un culto acatólico por razón de oficio o convivencia social sin intención de participar realmente en aquel culto; o activa cuando al tomar parte en el culto se realiza algún acto que tenga relación con él, y pasiva cuando se toma parte sin poner ningún acto que diga relación a la ceremonia religiosa.

2. C. «in sacris» activa y formal La c. activa y formal está prohibida siempre, y el can. 1258 la prohíbe expresamente bajo todas sus formas, porque sería la profesión de un culto falso y la negación de la fe católica, aparte del escándalo. Así, fuera del peligro de muerte está prohibido recibir los Sacramentos de un ministro acatólico, y tomar parte activa en sus ceremonias de culto. Quien toma parte activa y formal en un culto acatólico es sospechoso de herejía (can. 2316).

3. C. «in sacris» pasiva y material La c. in sacris pasiva y material por razón de oficio o convivencia social (en funerales, bodas y otras solemnidades cívicorreligiosas de los acatólicos) se tolera si no hay peligro de perversión o de escándalo (can. 1258, § 2). Los católicos pueden entrar por curiosidad en las iglesias acatólicas, pero no durante las funciones o predicaciones, a no ser exclusivamente para conocer y combatir la doctrina herética o cismática (Gasparri, CIC, Fontes , IV, n. 856), lo cual se ha de evitar normalmente también por otras razones. Por lo que respecta a las discusiones en materia de fe con los acatólicos, prohibidas de ordinario (can. 1325, § 3; Sto. Oficio, 5 junio 1948), véase Disputa, Ecumenismo.

4. C. negativa Tolérase la presencia de los acatólicos en las ceremonias católicas, especialmente en la predicación. Éstos pueden recibir las bendiciones destinadas a atraerles la luz de la fe y la salud del cuerpo. Sólo en privado pueden recibir las demás bendiciones y sacramentales (cáns. 1149, 1152). No pueden cantar durante las funciones litúrgicas, ni recibir candelas, ceniza o ramos benditos, ni celebrar sus funciones en la iglesia católica. Toc.

Bibliografía

R. Naz, Communicatio in sacris , en DDC , III, 1091-1095 La comunicazione «in divinis» con gli acattolici , en Civ. catt. , 72 (1921), 338-348 72 (1921), 22-32 72 (1921), 503-621 P. C., L’assistance aux funerailles non catholiques , en Rev. ecclés. , Metz, 40 (1933), 24-33, 109-113
A. Dilmée, De motione oecumenica , en Apollinaris , 23 (1950), 64-67 XII Semana Española de Teología, El movimiento ecuménico , Madrid, 1953.

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