CIENCIA DEBIDA
Índice interno:
1. Definición ·
2. Deberes ·
3. Moralidad e imputabilidad ·
1. Definición Por c. debida entendemos aquel grado de conocimientos que un sujeto determinado está obligado a conseguir. Se pueden hacer diversas hipótesis correspondientes a las diversas situaciones en que puede encontrarse el sujeto.
2. Deberes Por el solo hecho de ser hombres, todos están obligados a conocer los primeros elementos de la religión y de la moral (natural), o sea, al menos la existencia de Dios y su cualidad de remunerador y también la sustancia de los preceptos del Decálogo. Como cristianos estamos obligados a conocer las principales verdades de nuestra fe y nuestros deberes comunes, esto es, los misterios de la Unidad y Trinidad de Dios, y de la Encarnación; la sustancia de los artículos de la fe contenidos en el Símbolo de los Apóstoles; el deber de la oración, por lo menos con la noción sustancial del Padrenuestro; los sacramentos y de un modo especial las nociones esenciales acerca del bautismo, la eucaristía, la penitencia; los preceptos fundamentales del Evangelio y los generales de la Iglesia (además del Decálogo). Estos conocimientos deben ser proporcionados a la capacidad y al grado de cultura general del individuo. Como pertenecientes a un particular estado familiar o social debemos también conocer los deberes inherentes a él y procurarnos los conocimientos específicos requeridos en él.
Así los hijos y los padres, los siervos y los amos, los jueces, los médicos, los sacerdotes, están obligados a conocer sus propios deberes. No todos tienen el deber de poseer la ciencia de su profesión en sumo grado; esto depende también del puesto que se ocupa; pero todos están obligados a adquirir aquel grado común de ciencia que basta para resolver los casos ordinarios y para saber dudar por lo menos frente a los casos difíciles y raros. Como sujeto responsable de sus actos cada uno tiene el deber de darse cuenta de la licitud de todos los actos que va a realizar.
3. Moralidad e imputabilidad Aquel a quien le falta la c. debida le son imputables los errores cometidos y sus consecuencias, según las normas expuestas a propósito de la ignorancia y del voluntario en causa. Gra.
Bibliografía
B. Oletti, Scientia , en Synopsis rerum moralium et iuris pontificii , Roma, 1912, col. 3600-3604 D.
O. Lottin, La nature du péché d’ignorance , en Rev. thom. (1939), 634-652 723-738.