ARMISTICIO
Índice interno:
1. Concepto · 2. Efectos ·
3. Comunicación ·
4. Obra de la Iglesia ·
1. Concepto Es una convención de carácter político y militar por la cual cesan inmediata, aunque temporalmente, las hostilidades entre los ejércitos de países enemigos en conflicto actual. Se establece como tregua de armas en un acuerdo entre los Jefes militares, con la intervención y consentimiento de representantes diplomáticos de los Gobiernos interesados. En realidad una cosa es el armisticio verdadero y propio y otra la suspensión de fuego, que tiene carácter ocasional y objeto bien determinado (p. ej., sepultar los muertos) y ordinariamente no se refiere más que a un solo sector bélico. Uno y otra son convenciones que no ponen fin a la guerra, sino sólo suspenden los actos bélicos por un tiempo más o menos largo, más o menos determinado. 2.
Efectos El armisticio suspende todos los actos de hostilidad de ambas partes y las operaciones que el adversario hubiera tenido interés en impedir o hubiera podido impedir si no hubiera intervenido la tregua; p. ej., no se podrán conducir armas y soldados a una fortaleza asediada o reparar brechas abiertas por el enemigo, porque esto alteraría las condiciones del hecho en que se encuentra un beligerante contra el otro en el momento de la conclusión de la tregua. Pero cada uno de ellos es libre en su propio territorio para preparar armas y soldados, ya que esto, aun durante la guerra, no puede impedirlo el enemigo. No suspende en cambio el armisticio la aplicación de las leyes de guerra a no ser que disposiciones particulares provean de otra manera. Pero, en general, las convenciones de armisticio prevén y establecen minuciosamente las limitaciones a la libertad de los contrayentes. Puede ser objeto de pena el militar que, investido de cualquier mando, prolongue las hostilidades después de haber recibido el aviso oficial de la entrada en vigor del armisticio.
3. Comunicación El armisticio entra en vigor en el momento de la firma, si no se establece de otra manera. Pero el cese efectivo de las hostilidades no puede tener lugar sino cuando se entregue la comunicación oficial a todos los Jefes militares. Esta comunicación por acuerdos internacionales se juzga obligatoria y necesaria.
4. Obra de la Iglesia Por su misión apostólica de paz en el mundo, la Iglesia se ha preocupado siempre de prevenir diplomáticamente el nacimiento de los conflictos armados y de hacerlos cesar cuanto antes si ya habían surgido. En la sociedad medieval consiguió con la «tregua de Dios» reducir los conflictos armados a solos tres días no completos de la semana y abolirlos totalmente en tiempos de especiales solemnidades. En los recientes conflictos, grandes y pequeños, que han agitado al mundo ha sido bien patente la acción incesante del Romano Pontífice para conseguir la paz y la concordia en el mundo. Pug.
Bibliografía
Quarzinus, De pace, tregua, verbo dato alicui principi , Roma, 1610
Mordaco, La vérité sur l’armistice , París, 1929.