ABANDONO DEL ENFERMO
Índice interno:
1. Generalidades ·
2. Ejemplos ·
Conclusiones
1. Generalidades Todos los códigos deontológicos establecen la obligación, por parte del médico, de no abandonar la asistencia a un enfermo que tenga todavía necesidad de ella, salvo el caso de que el médico se encuentre impedido por fuerza mayor; en tal caso debe apresurarse a advertir al enfermo o a su familia del impedimento surgido, proponiendo, si le es posible, un suplente. Tal obligación se encuentra profundamente grabada en la conciencia de todo buen médico, para quien su trabajo tiene las características, la nobleza y hasta las cargas del apostolado; y además se encuentra relacionada con las ventajas del ejercicio profesional, ya que el médico tiene derecho a vivir con los frutos de su profesión, los cuales dependen de la afluencia de los clientes y de su interés por ellos. Hay circunstancias en las que el abandono del enfermo por parte del médico constituye una culpa grave, y otras en cambio en que es totalmente lícito.
2. Ejemplos
a) Negativa por parte del enfermo o de su familia a satisfacer los honorarios del médico. En este caso, aunque la negativa no sea explícita, si aparece evidente por la persistencia en dar largas al pago de igualas o emolumentos anteriores, el médico, aun teniendo pleno derecho al pago de sus prestaciones, no puede suspender las visitas si el enfermo se encuentra en grave peligro de muerte o, por lo menos, tiene una enfermedad grave. A menos que, de acuerdo con la familia, ponga un sustituto, a quien de todos modos habrá de comunicar oportunamente la morosidad de su cliente; puede además dar parte al Colegio e incluso establecer la denuncia oportuna ante los tribunales. Pudiera ocurrir que la demora no proviniera tanto de mala voluntad cuanto de una efectiva dificultad económica, que, aunque no permite considerar al cliente en el número de los pobres a quienes se deben los servicios gratuitos sufragados por la Beneficencia Municipal, que han de ser prestados por los médicos titulares, le hace imposible la liquidación de una cantidad importante.
En este caso habrá de prevalecer en la conciencia del médico el criterio de la caridad y continuará prestándole su asistencia, dándose por pagado con aquellas pequeñas cantidades o modestos regalos que valen muchas veces más que una gran cantidad de dinero para probar el afecto y agradecimiento del enfermo (v. también Honorarios de los médicos ).
b) Incurabilidad. En alguna ocasión se sentirá movido el médico a suspender sus visitas al darse cuenta de que la enfermedad de su cliente es incurable, pareciéndole cometer un hurto si continúa visitando al enfermo, que naturalmente le ha de pagar sus visitas inútiles. En este caso convendrá que informe de la situación y de sus honrados escrúpulos a la familia del enfermo, mostrándose dispuesto a continuar las visitas si se le requiere, sin dejar de manifestar que la asistencia prestada se dirige ya sobre todo al consuelo, al alivio posible y a la orientación de la familia. Puede darse también el caso de que la familia, por un sentido mal entendido de ahorro, agarrándose a los «honrados escrúpulos» del médico, le dispense de su ulterior asistencia, mientras que el enfermo hace entender a este último su deseo de que las visitas continúen. En este caso convendrá que el médico continúe acercándose a la cabecera del enfermo a título puramente de caridad, dándose cuenta del consuelo y utilidad que una palabra suya de esperanza y aliento puede traer al enfermo.
c) El enfermo rehúsa la asistencia del médico. Si la repulsa es explícita o si se deduce del hecho de que no se siguen sus prescripciones, el médico se encuentra con pleno derecho a suspender sus visitas, aun sin proponer un sucesor ni informar a la familia o dar parte al Colegio. A veces, sin embargo, la malevolencia y hasta la hostilidad del enfermo puede ser efecto de una perturbación psíquica, no participada por la familia, la cual le ruega no abandone al enfermo. En este caso el médico continuará su asistencia siempre que la familia procure que el enfermo siga el tratamiento prescrito; de otra suerte el médico se hará sustituir por otro o, en caso de necesidad, aconsejaría el traslado de su cliente a un sanatorio.
d) Temor de contagio. Frente a un caso de enfermedad grave epidémico-contagiosa, o al difundirse alguna peligrosa epidemia, ha ocurrido algunas veces que el médico ha abandonado no sólo al cliente atacado de tal enfermedad, sino hasta la región devastada por el contagio. Tal conducta es siempre moralmente condenable, si no hay otros que puedan y estén especialmente obligados a hacerlo. Sin embargo, frente a un puñado de pusilánimes, la inmensa mayoría del cuerpo médico se ha distinguido siempre en todas las epidemias por su abnegación y su desprecio del peligro; de lo cual dan testimonio los muchísimos médicos que se han contagiado en cumplimiento de su noble y peligrosa misión.
e) Grave desacuerdo con un médico consultor. Es sabido que el médico asistente no puede negarse al deseo del enfermo o de sus familiares de recurrir a una consulta con otro médico en casa de su cliente. Si este consultor ha sido elegido e impuesto por la familia, el médico asistente está en facultad de retirarse, pero tiene la obligación de dar por escrito al nuevo médico una relación clara y precisa de la enfermedad. Si, celebrada la consulta, surgen graves desacuerdos entre el asistente y el consultor acerca del diagnóstico o del tratamiento, el médico asistente tiene derecho a solicitar la opinión de un segundo consultor; si en este caso los familiares del enfermo se manifestasen contra esta nueva intervención pretendiendo seguir los consejos del consultor, el médico asistente tiene derecho a abandonar la asistencia del paciente. f) Aborto terapéutico. En el caso de aborto terapéutico el médico debe negarse y puede sin más llegar a retirarse.
Conclusiones De estos breves ejemplos se deduce claramente la necesidad de ponderar prudentemente las razones, aun en el caso que, moralmente, parece se habría de resolver siempre en sentido negativo, del abandono del enfermo por parte del médico. Este, en último término, ha de deducir del dictamen de su propia conciencia las normas de conducta con que ha de actuar en aquellas delicadas circunstancias profesionales; y la conciencia, bajo el influjo de la caridad, le moverá a decisiones justas y perfectamente morales. Aiz.
Bibliografía
Codice deontologico dell’Ordine provinciale dei medici di Torino , Torino
A. Pensa, Consiglio professionale del medico cattolico , en Quaderni medici (1947), n. 2
L. Alonso Muñoyerro, Código de deontología médica , Madrid, 1960
A. Sobradillo, Seguridad de deontología médica , Madrid, 1960.