MAGISTERIO ECLESIÁSTICO
Es el poder conferido por Cristo a su Iglesia, enriquecido con el carisma de la infalibilidad, en virtud del cual la Iglesia docente es la única depositaria y auténtica intérprete de la Revelación divina, que ella propone autoritativamente a los hombres como objeto de fe para conseguir su salvación eterna.
Que este poder de enseñar sea de institución divina se deduce claramente de las palabras con que Cristo, a punto de dejar la tierra, confía a los Apóstoles la misión de evangelizar el mundo: «Id y enseñad a todas las gentes» (Mt. 28, 18): «Id por todo el mundo y predicad el Evangelio a toda criatura» (Mc. 16, 15). El medio establecido por Cristo para la difusión de su doctrina no es, por tanto, la escritura, sino la predicación oral, el magisterio vivo, al que Él asegura su personal asistencia hasta el fin del mundo con estas palabras que siguen en el lugar citado de S. Mateo: «Y he aquí que yo estoy con vosotros todos los días hasta el fin del mundo». Estas palabras demuestran que el magisterio fundado por Cristo es perpetuo e infalible.
Confiado al colegio de los Apóstoles después de la constitución del primado de Pedro, fundamento y Pastor supremo de la Iglesia (Mt. 16, 18; Jo. 21, 15 ss.), este magisterio reside en Pedro y en sus sucesores como en su fuente y, subordinados al Vicario de Jesucristo, en los Apóstoles y en los Obispos, sus sucesores.
La Tradición, desde S. Ignacio a S. Ireneo y a S. Agustín, reconoce esta constitución jerárquica, y contra las aberraciones doctrinales y morales recurre constantemente a la enseñanza de la Iglesia romana y de su Obispo, en quien vive S. Pedro con su Primado. S. Agustín, recogiendo la voz de la Tradición, llega a decir que no creería ni en el Evangelio si el Magisterio de la Iglesia no se lo propusiese a su fe (Contra ep. fundam., c. 5, PL, 42, 178).
Según la doctrina católica, pues, la Sda. Escritura y la Tradición no son más que la fuente y la regla remota de la fe, mientras que la regla próxima es el magisterio vivo de la Iglesia, que reside en el Romano Pontífice y en los Obispos en cuanto están sujetos y unidos a él. El Conc. Vat. (Ses. IV, c. 4; DB, 1832) selló esta verdad definiendo que en el Primado de Pedro y de sus sucesores está incluido el supremo poder de magisterio, que es veritatis et fidei numquam deficientis charisma.
Lutero se atrevió a impugnar esta verdad y, negando el magisterio vivo, proclamó como única regla de fe la Sda. Escritura, entregada a la interpretación individual de los fieles. Pero aun prescindiendo de la contradicción evidente con la Revelación, esta teoría ha demostrado ser falsa en sí misma por los amargos frutos que ha dado en cuatro siglos de vida: las innumerables sectas protestantes, con los extravíos y degeneraciones doctrinales que las caracteriza, son una prueba evidente del fracaso de aquel falso principio (v. Protestantismo, Artículos fundamentales). La misma razón ve la necesidad de una guía fácil y segura para la vida de fe, teniendo en cuenta la dificultad en que se encuentran la mayor parte de los hombres para estudiar e interpretar la Sda. Escritura.
Bibliografía
L. Billot, , Roma, 1927, p. 356 ss.;
J. V. Bainvel, , Paris, 1905;
S. Simi, , Roma, 1944, p. 54 ss.;
F. Alonso Bárcena, , Granada-Madrid, 1945;
L. Alonso Muñoyerro, , Madrid, s. d.
Voces relacionadas
Internas
- DISCENTE (Iglesia)
- REVELACIÓN
- APÓSTOLES
- VICARIO (de Jesucristo)
- OBISPOS
- PROTESTANTISMO
- ARTÍCULOS FUNDAMENTALES