JUSTIFICACIÓN
Es el paso, bajo la acción de la gracia divina, del estado de injusticia o aversión de Dios al estado de justicia (en sentido bíblico = santidad).
Jesucristo compara esta obra divina a una regeneración (Jo. 1 y 3); S. Pablo la llama nueva creación en Cristo, καινὴ κτίσις (II Cor. 5, 17). Es precisamente S. Pablo quien desarrolla más copiosamente la doctrina de la justificación con abundancia de motivos orientados hacia el concepto de una transformación interior, cuyo término es el «homo novus». Es una injuria evidente la interpretación luterana dada a S. Pablo pretendiendo reducir su pensamiento a la teoría de la justificación extrínseca (imputación de la santidad de Cristo al hombre insanable). Los protestantes modernos han abandonado esta extravagante exégesis y se han acercado a la interpretación tradicional católica (Sanday, Jülicher, Zahn y otros).
El Conc. Trid. en la Ses. VI recoge y fija en términos claros y concisos la doctrina tradicional (v. especialmente los cc. 7, 8, 9 y los cánones). La justificación en los niños recién nacidos se actúa por el Bautismo instantáneamente, en cambio, en los adultos (al menos ordinariamente) se actúa en dos tiempos: 1) preparación: bajo el influjo de la gracia actual (excitante), el pecador comienza a orientarse hacia Dios con actos de fe, de dolor, de amor (Conc. Trid., Ses. VI, c. 6); 2) información: en el sujeto ya preparado obra Dios la renovación sobrenatural, que, consistiendo en un solo acto, tiene sin embargo dos aspectos, uno negativo (la remisión o destrucción real del pecado), el otro positivo (la infusión de la gracia santificante con las virtudes y dones que la acompañan). Cfr. Conc. Trid., Ses. VI, cc. 7, 8.
Ésta es la divinización del hombre de que hablan con frecuencia los Padres orientales (cfr. Cirilo Al.).
Bibliografía
Sto. Tomás, , I-II, q. 113;
R. P. Lemonnyer, , París, 1928, p. 77 ss. y 115 ss.;
Scheeben, , Barcelona, 1953;
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M. Bendiscioli, , Brescia, 1940;
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EC, vol. VI, col. 824 ss.