Diccionario de Teología Dogmática

Antonio Piolanti (A. P.)

HEREJÍA

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(gr. αἵρεσις = elección): Significaba originalmente una doctrina o una actitud doctrinal contraria a la fe común. En el N. T. se encuentra esta palabra varias veces: S. Pedro (II, 2, 1) determina claramente el sentido de la herejía por la cual se ultraja la verdad, se pervierten los hombres y se niega al Señor.

Tertuliano (De praescrip., c. 6) explica la herejía como una selección arbitraria de doctrinas, sin tener en cuenta la común regula fidei vigente en la Iglesia. Santo Tomás reduce la herejía a una especie de infidelidad positiva por la que algunos tienen cierta fe en Cristo, pero no aceptan íntegramente sus dogmas (Summa Theol., II-II, q. 11, a. 1).

Limitando nuestra consideración a sólo el aspecto objetivo (el aspecto subjetivo pertenece a la moral) se define la herejía: «Doctrina que contradice directamente a una verdad revelada por Dios y propuesta como tal por la Iglesia a los fieles». En esta definición se destacan dos notas esenciales de la herejía: a) la oposición a una verdad revelada; b) la oposición a la definición del Magisterio eclesiástico.

Si una verdad se halla contenida en el depósito de la Revelación, pero no ha sido propuesta por la Iglesia a los fieles, llámase verdad de fe divina; si la verdad revelada ha sido también definida y propuesta para ser creída por el Magisterio ordinario o extraordinario de la Iglesia, se llama verdad de fe divino-católica. La herejía perfecta se opone propiamente a la verdad de fe divino-católica. Si falta la definición de la Iglesia, pero la revelación de la verdad negada es clara y comúnmente admitida, quien la niega está por lo menos próximo a la herejía.

Acerca de las relaciones del hereje con la Iglesia v. Miembros (de la Iglesia).

Bibliografía

Sto. Tomás, , II-II, q. 11;
Van Noort, , Amsterdam, 1911, n. 259 ss.;
Michel, «Hérésie», en DTC;
Zannoni, «Eresia», en EC.

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