Diccionario de Teología Dogmática

Pietro Parente (P. P.)

GRACIA (necesidad de la)

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Necesario equivale a indispensable, inevitable. Necesidad física: basada en las leyes de la naturaleza, en su ser y obrar; moral: según las condiciones y costumbres y modo ordinario de obrar de los hombres. La primera es más rígida que la segunda.

La gracia, don divino para la adquisición de la vida eterna, se inserta como un nuevo principio de actividad en el hombre, robusteciendo, purificando y elevando las facultades humanas al orden sobrenatural. Siendo el entendimiento y la voluntad las facultades específicas del hombre, se considera la necesidad de la gracia en relación con la verdad y el bien.

A) La gracia es necesaria: 1) físicamente: a) para conocer las verdades objetivamente sobrenaturales, p. ej., los misterios; b) para la fe sobrenatural (adhesión del entendimiento y de la voluntad a la palabra revelada por Dios) (v. Fe). Cfr. Conc. II de Orange, can. 5 (DB, 178); Conc. Trid., ses. VI (DB, 198 y 813); Conc. Vat., ses. III (DB, 1789, 1791, 1814).

2) Moralmente (como don externo o revelación): para conocer las verdades de orden moral-religioso con facilidad, con segura certeza y sin error. Efectivamente, estas verdades, aun siendo proporcionadas a la razón humana, son difíciles para las condiciones del género humano después de la caída. Cfr. Conc. Vat., ses. III (DB, 1786). La razón de una y otra necesidad está en la desproporción (absoluta en el primer caso, relativa en el segundo) entre la capacidad natural del entendimiento y el objeto.

B) La gracia interna es necesaria: 1) moralmente: a) para hacer todo el bien según todos los preceptos de la ley natural; b) para amar a Dios sobre todas las cosas, no sólo con el afecto, sino también con todas las acciones; c) para evitar por largo tiempo todos los pecados mortales; d) para perseverar largo tiempo en la gracia santificante recibida; e) para evitar todos los pecados veniales en el estado de santificación (que fue privilegio de Jesús y María Sma.). Cfr. Conc. Trid., ses. VI, can. 22, 23 (DB, 832-833).

2) Físicamente: a) para cualquier acto saludable, es decir, meritorio para la vida eterna (Conc. Cartag., Conc. II de Orange, Conc. Trid., DB, 105, 179, 180, 811, 812, 813); b) para prepararse a la gracia (cfr. Concilio II de Orange, DB, 176, 179; Conc. Trid., DB, 798, 813); c) para la perseverancia final (Concilio Trid., DB, 826).

En este segundo cuadro la necesidad moral de la gracia se funda en la debilidad humana como consecuencia del pecado original (la cual, sin embargo, no quita al hombre la capacidad de hacer algún bien con solas sus fuerzas naturales: cfr. la condenación del Luteranismo, del Bayanismo y del Jansenismo); en cambio, la necesidad física se funda sobre la trascendencia del orden sobrenatural respecto del hombre.

Bibliografía

Sto. Tomás, , I-II, q. 109;
L. Billot, , Roma, 1923.

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