Diccionario de Teología Dogmática

Pietro Parente (P. P.)

CONDENADO

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Es la criatura (ángel u hombre) que se encuentra en el infierno y por lo tanto está condenada a la pena eterna de daño y de sentido, es decir, a la separación de Dios y a varios sufrimientos positivos que afligen el alma y después de la resurrección final aun al cuerpo. El motivo determinante de la condenación es el estado de pecado mortal personal en el momento de la muerte, no eliminado por un acto de contrición o de atrición unida a un Sacramento (Penitencia, o en su imposibilidad Extremaunción). La doctrina de la Iglesia, sacada de la divina Revelación, se fórmula explícitamente en la Constitución de Benedicto XII (DB, 530): «Definimus insuper quod secundum Dei ordinationem communem animae decedentium in actuali peccato mortali mox post mortem suam ad inferna descendunt, ubi poenis infernalibus cruciantur.»

Los niños muertos sin el Bautismo no han de ser contados entre los condenados, porque aunque sufrirán la pena de daño (privación de la visión de Dios), pero no la de sentido (v. Limbo, Pena). Los adultos muertos sin el Bautismo podrían ir al Limbo si no tuviesen otro pecado que el original; pero los teólogos (Sto. Tomás, S. Theol., I-II, q. 89, a. 7, ad 6) encuentran moralmente o al menos psicológicamente imposible que un hombre alcance el uso de razón y la edad adulta sin determinarse por el bien o por el mal (en la elección del fin) y por lo tanto sin justificarse con la ayuda de la gracia o sin cometer un grave pecado rechazando la gracia y obrando contra la recta razón.

Siendo doctrina cierta que el infierno es no sólo un estado, sino también un lugar, síguese que los condenados se hallan ligados al lugar infernal y se encuentran allí a la manera que las sustancias espirituales se encuentran presentes localmente (según la opinión más común por vía de acción). Es evidente que después de la resurrección de la carne los hombres condenados estarán localmente con su cuerpo en el infierno. De la Sagrada Escritura se deduce que los demonios (v. esta pal.) pueden encontrarse fuera del infierno en medio de los hombres, llevando consigo el sufrimiento infernal; pero se cree que ordinariamente los hombres condenados no pueden vagar fuera del lugar de su tormento.

No repugna, sin embargo, que Dios pueda permitir a un alma condenada aparecerse en una forma cualquiera a los vivientes por algún motivo digno y adecuado, como se lee en algunos graves documentos de la tradición. Dios puede también suspender la aplicación del decreto de condenación inmediatamente después de la muerte, en atención a las oraciones de un Santo, a quien concede hacer volver a la vida a un muerto para que se convierta y muera en gracia de Dios (cfr. el milagro de S. Felipe Neri con el hijo del príncipe Máximo).

Bibliografía

Sto. Tomás, , Suppl., q. 97 ss.;
L. Billot, , Roma, 1921, p. 52 ss.;
H. Brémond, , París, 1907;
Schneider, , Paderborn, 1904;
«Enfer», en DTC y DA. * B. Beraza, , Bilbao, 1924.

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