Diccionario de Teología Moral

Pericle Felici (Fel.)

SUBASTA

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1. ¿Concepto? - Llámase venta en subasta cuando una cosa se pone en venta de modo que corresponda al comprador que ofrezca el precio más elevado. Esta venta se dice voluntaria si se hace por voluntad espontánea del vendedor; judiciaria o forzosa si por el contrario la impone el juez.

2. Obligaciones. - En la venta en subasta no es lícito al vendedor cambiar la cosa expuesta para su venta por otra de precio inferior; ni meter entre los verdaderos compradores compradores falsos con el fin de exagerar el precio; puede sin embargo el vendedor cuando la venta fuese forzosa ponerse entre los compradores, puede llamar también a otros compradores, para que, por ej., la cosa no se ceda a precios irrisorios.

Por otra parte, el comprador no puede con violencia o con fraude, o por medio de dinero, alejar a los demás compradores de la adquisición de la cosa, pero puede a este fin suplicar a los compradores o estipular con ellos un trato; más aún, si se trata de redimir una vejación injusta los moralistas juzgan que puede ofrecer a los demás compradores, siempre con el fin de alejarlos de la compra, una compensación pecuniaria congrua.

Finalmente, el que dirige la venta en subasta no debe favorecer a un comprador más que a otro ni hará nada que pueda dañar los intereses del vendedor. Fel.

Bibliografía

H. Schneider, Disp. de licitationibus sub hasta , Argentorati, 1670
A. Jorio, Theol. mor. , II, p. 575-76, n. 943-45, Supplementum , p. 65, n. 943.