SALARIO
1. Noción y división. - Retribución que corresponde al trabajador en relación de dependencia como precio de su prestación. Es un término usado con el de jornal para indicar la retribución que corresponde a los trabajadores manuales; mientras que para la retribución que corresponde a los que preferentemente desenvuelven una actividad intelectual o de responsabilidad directiva se suelen emplear otros términos, como haberes, honorarios, derechos, estipendio, sueldo, etc. El s. puede ser: a) por tiempo, si se fija tomando como criterio la unidad de tiempo (un tanto a la hora); b) a destajo, si se fija tomando como criterio la unidad de trabajo (un tanto cada cantidad de trabajo efectuado); c) por primas, cuando el salario base establecido en relación con una unidad de trabajo, verificado en una determinada unidad de tiempo, se mejora con una escala de premios o primas que responden a las fracciones de tiempo ahorradas sobre el tiempo «standard».
2. Diversas concepciones. - Según la concepción individualista del mundo económico que predominó sobre todo en el siglo pasado, el s. está sujeto a la ley inflexible de la oferta y de la demanda: si en el mercado del trabajo los prestatarios de trabajo son muchos es fatal que se rebaje el salario;
en cambio, si son pocos con relación a la demanda de los dadores de trabajo es también fatal que haya una elevación. La voluntad humana no puede nada o muy poco en la determinación de las altas y bajas del s.: éstas dependen enteramente del juego espontáneo de las fuerzas económicas. Pero contra esta concepción se reaccionó vigorosamente tanto en el terreno de los hechos como en el de las ideas. En el terreno de los hechos la legislación social todavía en desarrollo, tutelando el trabajo, contribuyó también a asegurar al s. una mayor consistencia; mientras que las organizaciones sindicales por medio de la conclusión de los contratos colectivos sustrajeron las prestaciones de los individuos en particular al juego de la demanda y de la oferta y obtuvieron una media salarial más de acuerdo con los fines humanos. En el terreno de las ideas se reivindicó el trabajo, especialmente por parte de la doctrina social cristiana defendiendo en él una dignidad intrínseca que no consiente considerarlo como una simple mercancía. Además el trabajo, por ley de naturaleza, es la fuente de la cual saca el hombre ordinariamente los medios para su mantenimiento y para el mantenimiento de su familia (v.
Salario familiar); y saca también los medios para satisfacer su innata aspiración a mejorar sus condiciones económicosociales. Por lo cual cuando se trata de la retribución del trabajo surge el problema del justo s., el cual se determina teniendo presentes los siguientes criterios: la digna sustentación del trabajador y de su familia como hemos indicado arriba; las exigencias del bien común;
la productividad del trabajo; las condiciones de la empresa; la aspiración natural de los trabajadores a una elevación económicosocial.
3. Observaciones. - En estos últimos tiempos, sin embargo, surge con insistencia el problema de si el régimen salarial es compatible con la dignidad del trabajo humano; y cada vez se difunde más la persuasión de que la misma evolución histórica llevará a una superación o a modificaciones sustanciales del contrato de trabajo al cual va ligada la retribución salarial. Pav.
Bibliografía
Bibliografía
D. Lefebvre D'Ovidio, Le leggi speciali del salario, Napoli, 1934
Ph. Bayart, Comités d'entreprises, París, 1947.