Diccionario de Teología Moral

Giuseppe Graneris (Gra.)

PECADO (actual)

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1. Noción. - El p. actual, esto es. cometido por cada uno de los hombres, es un acto humano contra la ley divina. El acto puede ser pensamiento, palabra, acción, omisión. De aquí nace la conocida clasificación de los pecados. Siendo un. acto humano el p. supone siempre el conocimiento y la libertad en el sujeto y por lo tanto siempre algún grado de malicia; por esta razón la distinción de los pecados de ignorancia, de fragilidad, de malicia, no se ha de entender de modo que en las dos primeras clases falte absolutamente o el conocimiento de lo que se hace o la posibilidad de resistir a la tentación, porque entonces no serian ya p.; se ha de entender en cambio de manera que la ignorancia o la debilidad del sujeto sean tan graves que excusen en parte su p.

Si fuesen tales que lo excusaran totalmente tendríamos lo que los moralistas llaman p. material, pero no formal, esto es, una violación objetiva, pero no imputable de la ley moral. La ley divina es natural o positiva. Es cierto que la ley humana puede obligar en conciencia, por lo tanto su violación puede constituir p, pero la ley humana no tiene este poder sino en cuanto nace de la didivina, la cual ordena obedecer a las autoridades legítimamente legislantes, por lo tanto se puede decir que la transgresión de la ley humana constituye también p.f en cuanto que se refunde en la divina. No hay p. sino frente a Dios.

2. E s p e c i e s de p e c a d o s. - La oposición a la ley divina tiene un doble grado y en esta duplicidad se funda la distinción de p. mortal y venial, que se llama también la especie teológica del p. Es mortal el p. que nos priva de la gracia santificante y nos hace merecedores del infierno; venial el p. que no produce estos graves efectos si bien debilita en nosotros la acción de la gracia y nos merece penas temporales (purgatorio). Adentrándonos mas en la naturaleza de estas dos especies de pecados los teólogos dicen qufe el mortal es contra nuestro último fin, en cuanto que destruye el mismo orden hacia 'aquel fin, mientras que el venial no quebranta este orden por ser sólo dirigido contra medios que no son precisamente.indispensables para la consecución de aquel fin. El mortal es una desviación completa; el venial es un retardarse en el camino.

3. P. m o b t a l. - Para que una' acción u omisión constituya un p. mortal son precisos tres elementos o condiciones: materia grave, plena advertencia,* perfecto consentimiento.

a) En cuanto a la materia es difícil formular el criterio universal que determine su gravedad. Los moralistas lo formulan sola*' mente en cada uno de los preceptos o pecados. Puede, sin embargo, notarse que ciertos objetos son siempre graves, mientras que otros pueden ser graves o leves según.la mayor o menor cuantidad de la materia. Entre los primeros se cuentan los actos directamente ofensivos de los atributos divinos, como son el odio de Dios, la blasfemia, etc.;

entre los segundos están los que son contrarios a la convivencia humana, como son el hurto, la murmuración, etc.

b) A propósito de la advertencia se ha de observar que para ser plena en el sentido que aquí entendemos no es necesario que sea refleja y largamente meditada. Basta la que un sujeto normal, no distraído, suele poner en los asuntos de importancia ordinaria. No es tampoco necesario que exista atención explícita y mucho menos la intención explícita de ofender a Dio?; esta advertencia va siempre implícita en ia conciencia del que advierte la inmoralidad de su acto.

c) El consentimiento es perfecto cuando se da con el grado ordinario de libertad que tenemos; cuando, aunque estemos bajo el impulso de* alguna pasión, ejercemos sin embargo todavía el dominio de nuestras deliberaciones. La existencia de este tercer elemento es a menudo la más difícil de constatar, especialmente en los pecados internos y en los pecados pasionales. Las disposiciones habituales del sujeto, unidas a las circunstancias de la situación, ayudan para formar un juicio que tenga la mayor probabilidad de acercarse a la verdad.

4. P. v en i a l. - El p. venial existe cuando al acto inmoral le falta al menos una de las tres condiciones requeridas para el p. mortal; esto es, cuando falta la gravedad de la materia o la perfección de la advertencia o la plenitud del consentimiento. 5. Efectos de l p. - Los efectos del p, llamado también p. habitual, son el conjunto de las consecuencias dejadas por el p. en el alma del pecador.

Se pueden resumir en dos capítulos, que son: el reato de culpa, o sea la privación de la gracia santificante (para el ip. mortal) o la disminución de su fervor (para el p. venial); el reato de pena, o sea, 'además de las eventuales penas que se han sufrir,en la tierra, la condenación al infie rn o (por el mortal) o al purgatorio (por el venial). Todo lo que llevadnos dicho se refiere al personal, del cual distinguen los teólogos el p. original $'v.). V. también Numero de los pecadbs (distinción numérica de los pecados), Remisión de los pecados, Pecado (Especies d el). Gra. '

Bibliografía

Bibliografía

Laumonnier, La thérapeutique des péchés capitaux, París, 1922
L. Billot, De personali et originan peccato, Roma, 1025 B.
A. Baown, The numerical distinotion of sins according io the Franciscan School of the seventeenth and eighteenth centuries, Washington, 1948 H.
L. May, The concept of mortal sin in early Christianity, ibíd, 1920.

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