OPERACIÓN OBSTÉTRICA
1. Interés moral. - Es un caso especial de la operación moral. quirúrgica en general (v. Operaciones quirúrgicas). Tiene bajo el aspecto moral la particularidad de que en la o. obstétrica están en juego dos personas, dos vidas humanas: la de la madre y la del feto.
2. Normás morales. - Por esta circunstancia la o. obstétrica está regulada por especiales normás morales,
a) El que realiza una o. obstétrica debe hacer todo lo posible por salvar la vida tanto de la madre como del feto,
b) Debe tener presente que tiene la obligación grave de salvar el alma del feto; por eso debe interesarse para que sea bautizado a tiempo,
c) No debe realizar jamás un acto que sea la occisión directa de la madre o del feto; por lo tanto, no puede realizar la embriotomía o procurar el aborto directo (véase estas dos voces),
d) Si no se puede evitar la muerte de uno de los dos, es lícito salvar la vida de la madre, aunque «el medio necesario' sea un acto con el cual indirectamente sea muerto el feto (v. Efecto doble y también Feticidio, Obstetricia). Ben.
Bibliografía
Bibliografía
A. Vermeersch, De causalitate per se et per accidens, seu directa et indirecta, en Periódica de re morali can. lit., 21 (1932), 101-116; id., Avortem ent direct ou indirect. Réponse au T. R.
P.
Gemelli, O. F. M., en Nouv. Rev. Théol., 60 (1933), 600-820.