OCASIONARIO
1. Noción. - Bajo la palabra o. se entiende aquel que se encuentra en peligro de pecar con ocasión de una persona o de una cosa. 2. Distinciones. - Las ocasiones de pecar se dividen en próximas y remotas. Una ocasión se dice próxima cuando ocasiona un peligro grave; remota, cuando crea solamente un peligro leve de pecar. Según una sentencia bastante común se ha de juzgar próxima la ocasión que hace sólidamente probable el pecado, aunque la culpa no siga nunca, o casi nunca, cuando el o. se encuentra en contacto con la ocasión. De la experiencia, de las contingencias comunes, y de las disposiciones individuales se podrá deducir si una ocasión es próxima o solamente remota. En esto conviene someterse al juicio del confesor. Es preciso además dividir las ocasiones en absolutas y relativas, según que creen un peligro para todos o solamente para algunos, a causa de particulares disposiciones subjetivas. Existen ocasiones que son siempre presentes y otras que lo son solamente a intervalos.
3. Obligaciones. - De suyo existe la obligación de huir las ocasiones de pecar (alejándolas o evitándolas): obligación grave cuando se trata de una ocasión próxima de pecar mortalmente. Esta obligación cesa cuando es imposible alejar la ocasión;
cesa también cuando el hecho de no alejar o de no evitar una ocasión de pecar, no es de suyo pecaminoso y produce independientemente del peligro de pecar, un efecto bueno, al cual mira exclusivamente la voluntad, el cual no se puede obtener de otro modo y que compensa el peligro unido a ella. Es evidente que en estos casos existe la obligación de emplear los medios oportunos para hacer inofensiva lo más posible la ocasión de pecar. Pero cuando no existe ninguna esperanza fundada de evitar la culpa estas condiciones no se realiza totalmente y entonces se debe huir a toda costa de la ocasión; en hipótesis se trata siempre de una ocasión que es posible evitar.. El que sin razón suficiente no huye de la ocasión de pecar, por este mismo hecho comete un pecado de la misma especie que la culpa en cuyo peligro se pone o persevera. La culpa es mortal cuando se trata de un peligro grave de pecar mortalmente. Existe una nueva culpa cada vez que la ocasión es querida o admitida, con voluntad renovada.
4. Corolarios prácticos. - Es importante ser muy cuidadoso en huir de las ocasiones de pecar, y no persuadirse con excesiva facilidad de que existen razones suficientes para no tener que alejar o evitar una ocasión. Los medios para hacer inofensiva una ocasión que no se está obligado a evitar son ante todo; la oración, el acercarse con frecuencia a los Sacramentos, el v iv ir en la presencia de Dios, y los novísimos, la devoción a la Sma. Virgen, la mortificación de los sentidos, una gran claridad de conciencia con el confesor al cual se ha de recurrir en las dudas que pudieran surgir.
Man.
Bibliografía
Bibliografía
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