LOTERÍA
- l. Noción. - L. deriva de la voz germánica Lot = suerte. Es un contrato oneroso; pertenece específicamente a los contratos aleatorios, ya que depende del juego de la suerte. Es un contrato aleatorio que consiste en la adquisición de un billete o en el pago de una cantidad para obtener el derecho a un premio determinado, siempre que sea uno favorecido en el sorteo de los números o en la combinación de los números sorteados o en la extracción de la papeleta.
2. Valoración moral. - La l. para ser lícita debe excluir todo engaño en la extracción de los números o de las papeletas y en el pago del premio. Además debe haber cierta proporción entre el premio, el precio pagado y la esperanza de la recompensa. Se ha de notar que la l. es frecuentemente una ocasión para recoger ofertas a un fin determinado (generalmente benéfico) con la esperanza de obtener un pequeño premio sí la papeleta es favorecida. En este caso, si en ello convienen los jugadores, su juego es lícito. En algunas naciones, para evitar abusos, las leyes civiles limitan o prohíben la 1., pero estas leyes, salvo circunstancias particulares, se juzgan solamente penales, esto es, que no imponen obligación directa en conciencia, ni obligación de restitución (si se violan), sino solamente en sujetarse a la pena establecida para quien quebranta la ley, si es descubierto.
En materia grave se peca gravemente siempre que existan los requisitos de la culpa formal según los principios comunes. S ir.
Bibliografía
Bibliografía
D. Pruemmer, Theol.. mor., II, n. 320, Friburgi Br., 1928
A. Vermeersch, Thcol. mor., II, n. 497, Roma, 1928.