Diccionario de Teología Moral

Giuseppe Graneris (Gra.)

INTERPRETACIÓN (de la ley)

Recursos

1. Noción y división. - Es la explicación de una ley, y precisamente por ser explicación no tiene motivo de existir si la ley no es oscura. Con relación a la fuente de que procede puede ser: auténtica, judicial, doctrinal, usual. Es auténtica la que da el legislador mismo o un órgano establecido a este fin por el legislador, como es en la Iglesia la Comisión para la i. del Código. Judicial es la que da el juez en el acto de pronunciar una sentencia. Doctrinal la que dan los hombres dedicados al estudio de la ley. Usual es la que se deduce del modo seguido comúnmente en la observancia de la ley por parte de la sociedad. Se ha de observar que la i. judicial tiene valor solamente para las partes y para el caso; las otras tres formas citadas tienen valor universal como la misma ley. Con relación a su contenido la i. es declarativa, extensiva, restrictiva. Declarativa es la que explica una ley sin mudar sus términos; la extensiva los amplía; la restrictiva los restringe.

Estas dos últimas formas en realidad son nuevas leyes, y por lo mismo no son obligatorias sino después de su promulgación y con las cláusulas que regulan el vigor de las leyes; en cambio, la declarativa no está sujeta a estas modalidades.

2. I. y observancia de la ley. - Cuanto precede atañe más a los juristas que a los moralistas. Desde el punto de vista moral puede ser más útil fijar algunas normas, que podemos reducir a tres: a) la ley ha de ser interpretada y observada honrada y lealmente según el sentido propio y comúnmente aceptado de las palabras que la expresan; b) no es lícito al súbdito interpretar la ley en sentido extensivo y restrictivo, extendiendo el campo de su propia libertad; c) se ha de rechazar cualquier i. de la ley que nos autorice, o más que nos obligue, a obrar en contradicción con los preceptos morales. Gra.

Bibliografía

A. van Hove, De legibus ecclesiasticis , Mechliniae-Romae, 1930
A. Brems, De interp. authentica Codicis , en Ius pontif. , 15 (1935), 161-190, 298-313 16 (1936), 78-105, 217-256.