Diccionario de Teología Moral

Ludovico Bender, O.P. (Ben.)

DIFAMACIÓN

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1. Naturaleza. - La d. es una denigración injusta de la fama del prójimo. Consiste en hechos y especialmente en palabras que destruyen la buena estima general de que goza una persona, p. ej., diciendo de ella que ha robado. Por lo regular la d. se hace sin que la víctima esté presente. En esto se distingue la d. de la contumelia. Decimos «injusta denigración» para distinguir la verdadera d. del detrimento de la fama del prójimo originado por actos y palabras realizados o pronunciadas con otro fin y de los cuales se sigue accidentalmente, y contra nuestra intención, este detrimento cuando motivos graves y proporcionados justifican esta conducta. Finalmente, no es d. propiamente dicha el contar a una persona que aun no lo sabe por casualidad una cosa difamante que es verdadera y ya públicamente conocida. La buena fama estaba ya perdida. Este modo de obrar puede, sin embargo, ser contra la caridad. Depende mucho de las circunstancias.

2. División. - La d. puede realizarse de dos maneras diferentes. Primero, contando cosas difamantes que son verdaderas, pero no públicamente conocidas. Segundo, contando cosas difamantes falsas. En el primer caso la d. se llama detracción, en el segundo calumnia.

3. Moralidad. - La d. es un pecado contra la justicia, de suyo grave. La calumnia es un pecado más grave que la detracción, porque es una ofensa del buen nombre del prójimo al difundir noticias difamantes que además son falsas. Pero, aunque las noticias sean verdaderas, y por lo tanto sea detracción, la d. es por su naturaleza un pecado grave, porque priva al prójimo de un bien al que tiene derecho, su buena fama, ilesa mientras no se conoce públicamente un pecado cometido o una mala conducta. La buena fama es un bien de gran valor; la Sagrada Escritura dice de ella que es más preciosa que grandes riquezas. La d. puede ser un pecado venial si el daño causado a la buena fama del prójimo en un caso concreto no es grande. Para valorar la gravedad del daño causado a la fama hay que considerar no solamente la gravedad del mal que se ha contado, sino también las condiciones del que lo contó (si es persona autorizada, seria, prudente, o ligera, etc.), y de los oyentes (si son personas reservadas o locuaces), y otros muchos elementos (el número de los oyentes, etc.).

La d. es un pecado que se comete frecuentemente con grande facilidad y ligereza, incluso por personas que son en otras cosas de conciencia recta y hasta escrupulosa. La doble fuente de este mal que causa tantos daños, disgustos, enemistades y dolores son la locuacidad y el gusto corrompido por contar o escuchar hechos escandalosos. Parece que muchos hombres creen ser buenos o menos malos al oír que otros son malos o peores que ellos. Si no hubiese tantos que escuchan con malsano interés a los que narran hechos infamantes, el mal se habría reducido mucho. No es sólo pecado el contar cosas difamantes, sino también escucharlas con gusto, con señales de asentimiento, lo cual a veces puede llegar a ser grave. La caridad obliga también a hacer todo lo moralmente posible por impedir la d. demostrando el disgusto o reprobación según las circunstancias y corrigiendo al difamador según las normas de la corrección fraterna (v.). El daño causado por la d. de suyo debe ser reparado. Con frecuencia, sin embargo, será esto moral y hasta físicamente imposible. Cuando el mal contado es falso la reparación del daño puede ser más fácil.

Existe la obligación de retractarse de todo lo dicho y de divulgar esta retractación a fin de que llegue a todos aquellos a quienes llegó la noticia falsa. Mucho más difícil es cuando la difamación versa sobre cosas verdaderas. No es lícito decir que la cosa no fué así, porque esto sería una mentira. Los medios para reparar son: confesar que se hizo mal hablando de aquella manera de aquella persona; hablar bien de aquella persona en presencia de aquellos ante quienes la difamamos; excusar en lo posible el mal contado; alabar a la persona difamada, etc. Esta dificultad de reparar debiera hacer prudentes y cautos a tantos hombres que con gran ligereza hablan mal de los demás poniendo en circulación noticias difamantes ciertas o falsas. Ben.

Bibliografía

A. Vermeersch, Theol. mor., t. II, p. 310-315, n. 597-603
P. Ciprotti, De iniuria ac diffamatione in iure paenali canónico, Roma, 1937 Kenneth
B. Moore, The moral principles governing the sin of detraction..., Washington, 1950
M. Fábregas, Malicia y gravedad de la murmuración, en Hechos y Dichos (1941), 295-300.

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