Diccionario de Teología Moral

Igino Tarocchi, O.F.M. (Tar.)

ARQUITECTO

Recursos

Índice interno:

1. Nociones ·

2. Obligaciones civiles y morales ·

1. Nociones La palabra arquitecto = architectus , se deriva del griego archós = príncipe, y téktōn = obrero, o principal obrero. El arquitecto es un hombre perito en la arquitectura, o en el arte de construir; que hace los planos y diseños de los edificios, dirige la obra, los aparejadores, albañiles, obreros y demás artesanos empleados en ella. Dícese más propiamente arquitecto el que toma a su cargo la construcción de edificios dando él mismo el diseño o proyecto. Siendo muy diversas las obras constructivas es también diverso y múltiple el campo de actividad del arquitecto, que puede ser arquitecto civil, arquitecto militar, marítimo, etc.

2. Obligaciones civiles y morales El arquitecto es un hombre de ciencia que mediante una suma fija o estipulada a un tanto proporcional sobre el importe de los trabajos se encarga de levantar el plano de la obra, vigilar y dirigir la ejecución de los trabajos, verificar las cuentas del empresario o contratista y algunas veces de elegirlo él mismo.

De aquí se comprende que no puede ser arquitecto el que no haya frecuentado los cursos especiales de las escuelas de arquitectura y haya obtenido su diploma. Una vez que el arquitecto se ha encargado del trabajo o viene a participar de él tiene un derecho de vigilancia sobre los trabajos y obreros y como adjudicatario de una obra está sometido a las disposiciones relativas a la adjudicación y construcción de obras (cfr. CCE, arts. 1688-1600). El arquitecto está vinculado moralmente en lo que se refiere al tiempo, materia, forma y precio del trabajo a ejecutar por el contrato, tanto si se estipula con una entidad pública como con una persona privada.

Este contrato no sólo prohíbe al arquitecto violar intencionalmente los derechos ajenos (p. ej., en concursos); sino que le impone el dirigir y observar una conducta tal que evite los daños y peligros (tanto para las personas como para las cosas) que la experiencia común y las leyes de causalidad indican como efectos normales y constantes de ciertas actitudes positivas o negativas, que los juristas y moralistas clásicos llamaban culpa in vigilando y culpa in eligendo . La impericia profesional y la ignorancia técnica constituyen en el arquitecto una responsabilidad evidente de la que nace la obligación grave en conciencia de resarcir los daños ocasionados. Al arquitecto católico no le es lícito cooperar a la construcción de obras claramente contrarias a la fe y a la moral evangélica. Tar.

Bibliografía

A. Vermeersch, Theol. mor. , II, Roma, 1937, n. 138-39, 448 ss.
V. Casagrande, L’Arte al servizio della Chiesa , Torino, 1932.