INTEGRIDAD (don y estado)
Es la propiedad de todo ser en cuanto tiene todo lo que exige su naturaleza específica. De esta integridad natural se distingue la integridad meternatural, que Dios agregó a la perfección natural de Adán. En este sentido la integridad es un don gratuito de Dios y establece al hombre en el estado de integridad, por el cual la naturaleza además de sus propiedades se ve enriquecida por privilegios que completan y elevan su perfección. Estos privilegios se reducen a tres: 1.º, inmunidad de la concupiscencia (v. esta pal.), o sea de las inclinaciones desordenadas del apetito sensitivo; 2.º, inmortalidad del cuerpo e inmunidad de la enfermedad y de otras miserias; 3.º, ciencia infusa proporcionada a la vida ordinaria del hombre.
El primer privilegio lo atestigua la Sda. Escritura cuando dice que nuestros primeros padres estaban desnudos y no se avergonzaban, y que, apenas pecaron, se dieron cuenta de que estaban desnudos, corrieron a esconderse y a cubrirse. Psicológicamente la vergüenza por la desnudez la provoca la insolencia de los sentidos, que el hombre nunca consigue controlar y dominar. El segundo privilegio está contenido implícitamente en la amenaza divina: «El día que comiereis de aquel fruto moriréis» (Gen. 2, 16-17). En realidad Adán no murió cuando pecó, por lo que el sentido de la palabra divina ha de ser: «Te harás mortal», como por otra parte declara S. Pablo: «Por un solo hombre entró el pecado en el mundo, y por el pecado la muerte» (Rom. 5, 12). La muerte es ley natural para todos los cuerpos, pero Dios había establecido que el cuerpo humano se viese exento de ella: con el pecado vuelve a ponerse en vigor la ley natural, pero con carácter penal. El tercer privilegio lo esboza la Sda. Escritura cuando presenta a Adán, apenas salido de las manos de Dios, imponiendo los nombres apropiados a todos los animales y determinando la naturaleza íntima del matrimonio (Gen. 2, 19). Ésta no podía ser ciencia adquirida; tuvo que ser, pues, ciencia infusa de Dios (cfr. Ecli. 17, 5).
El primero y segundo privilegio son doctrina de fe definida: Conc. Trid., DB, 792, 788.
Bibliografía
Sto. Tomás, , I, qq. 93-94, 95, 97;
C. Boyer, , Roma, 1940, p. 275 ss.;
F. Parente, , Roma, 1949, p. 133 ss. * Beraza, , Bilbao, 1921.