Diccionario de Teología Dogmática

Pietro Parente (P. P.)

DEFINICIÓN DOGMÁTICA

Recursos

Es la solemne declaración de la Iglesia acerca de una verdad contenida en las fuentes de la divina Revelación (Sagrada Escritura y Tradición) y propuesta a los fieles, que vienen por lo tanto obligados a creerla por la autoridad de Dios que la ha revelado.

La Revelación escrita y oral contiene un conjunto de verdades enunciadas con más o menos claridad. Ante todo se ha de distinguir lo que ha sido revelado formalmente, o sea esencialmente, y lo que puede deducirse por medio de razonamiento de un principio revelado (revelación virtual). Evidentemente la verdad fundamental revelada es divina y lleva consigo todo el peso de la autoridad de Dios, verdad suprema e infalible. En cambio, la verdad virtualmente revelada resulta de un elemento divino y de un elemento humano, por lo cual no se puede imponer a la conciencia del creyente en nombre de Dios.

La Iglesia es el custodio del depósito de la divina Revelación, y su misión no es la de crear la verdad divina, sino la de buscarla en las fuentes de la Revelación, sacarla a la luz cuando no esté explícita y proponerla como tal para que sea creída. La declaración de la Iglesia puede ser hecha a modo de magisterio ordinario (predicación unánime de los Obispos unidos con el Romano Pontífice, enseñanza unánime de los Teólogos bajo el control del Magisterio Eclesiástico, consentimiento de los fieles, práctica litúrgica) o a modo de magisterio extraordinario (declaración solemne del Papa, por medio de una Bula u otro documento, o de un Concilio Ecuménico (v. esta pal.), o de un Concilio particular aprobado por el Papa; Símbolos y Profesiones de fe emanados o aprobados por la Iglesia).

La definición dogmática estrictamente dicha es la verdad propuesta del segundo modo; en el sentido más riguroso constituye el dogma formal (v. esta palabra), que se llama también verdad de fe divino-católica, a la cual no puede el fiel negar su asentimiento sin caer en la herejía (v. esta pal.). Nótese, sin embargo, que generalmente basta para constituir un dogma o una verdad de fe divino-católica la función del magisterio ordinario, como declara el Conc. Vat., Ses. III, cap. 3 (DB, 1792): «Fide divina et catholica ea omnia credenda sunt quae in verbo Dei scripto vel tradito continentur et ab Ecclesia sive solemni iudicio sive ordinario et universali magisterio tamquam divinitus revelata credenda proponuntur.»

Bibliografía

Garrigou-Lagrange, , París, 1925;
Grandmaison, , París, 1928;
A. Gardeil, , Juvisy, 1932;
EC, vol. IV, col. 1792 ss.;
Marín-Sola, , Madrid, 1952.

Voces relacionadas

Internas