POLIANDRIA
1. Noción. - Existe cuando una mujer tiene al mismo tiempo varios maridos. Repugna de un modo absoluto no sólo a la ley positiva divina de la unidad del matrimonio, sino al mismo derecho natural, en cuanto que frustra el fin primario del matrimonio, esto es, la generación y educación de la prole, así como el fin secundario, esto es, la ayuda mutua y la pacífica convivencia de los cónyuges.
2. Dato histórico. - Jamás ha sido permitida ni tolerada, ni en el Antiguo Testamento, ni entre los pueblos incluso paganos de la antigüedad, aun donde la prostitución fue tolerada ampliamente. 3. p. sucesiva. - Hemos hablado hasta aqui de la p. propiamente dicha, esto es, simultánea. Algunos autores hablan también de una p. sucesiva que no sería otra cosa que las segundas nupcias de la mujer. La licitud de estas segundas nupcias ha sido reconocida expresamente por la Sda. Escritura (I Cor., 7, 39; Rom., 7, 2-3) y por la doctrina y práctica de la Iglesia (v. Nupcias segundas). Bar.
Bibliografía
Bibliografía
I. Gasparri, Tractatus canonicus de matrimonio, 1, Ciudad del Vaticano , 1932, n. 554
A. Piolanti, De Sacramentis, Torino-Roma, 1947, p. 443.