Diccionario de Teología Moral

Giuseppe Sirna, O.F.M. Conv. (Sir.)

PLAGIO

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1. Noción. - es. - Es la apropiación parcial o total de un trabajo ajeno en materia literaria, musical, de artes figurativas, cinematografía, teatro y similares, presentado como propio. Es p. imprimir con nombre propio los manuscritos ajenos contra la voluntad de su autor o descubrir el secreto del inventor y públicarlo como propio. Sería igualmente p. traducir de otra lengua un libro y ‘ presentarlo como obra propia original o hacer propias las definiciones ajenas o parte o trozos de un libro, públicando todo esto como materia propia.

2. Corolarios morales. - El p. es un hurto y por lo tanto constituye como tal un pecado grave (sea por la parte presentada como propia, sea por la entidad del problema, de la invención o resolución). Si el p. es insignificante por su materia y valor científico, objetivamente no hay pecado o a lo más pecado v en ia l; subjetivamente, en cambio, es necesario considerar el estado de conciencia del plagiario. En esta materia que se refiere al dominio de los autores sobre sus obras (libros, obras de arte, etc.) es preciso atenerse a las leyes locales e internacionales, las cuales en general no sólo se basan en el derecho natural, sino que a menudo lo interpretan, determinando cuándo existe p. o no, condenado por la ley. V. también Autor (Derechos de). Sir.

Bibliografía

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Véase Autor (Derechos de).